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  • Demanda por Consignacion previa al SECLO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #842500  por MFlorenciaV
 
hOLA!
HAGO UNA PREG.
TENGO UN CLIENTE (EMPLEADOR) AL Q LE FUE RECLAMADO UN AJUSTE DE HABERES POR PARTE DE UN EMPLEADO. SE LE DIJO MEDIANTE CARTA DOCUMENTO QUE ESTABAN A SU DISPOSICION EN EL DOMICILIO LABORAL, COMO NUNCA ACUDIO, NUNCA SE LE PUDO PAGAR, SE SINTIO DESPEDIDA.
Ahora mi preg es la ste:
Se puede iniciar demanda por consignacion laboral previa al seclo? o debo esperar que me intime en el seclo y post a eso presento la demanda?
Graciassssss!!
 #842529  por pepecurdele
 
creo que la consignacion no va con SECLO.
 #843181  por Romina34
 
la consignación también entra en SECLO.
sino, cuando te llegue la citación del empleado, reconvení para la entrega de lo que mencionas. sino lo acepta que se deje constancia en el acta de todo.
luego esa acta de cierre te sirve para consignar.
saludos,
 #852205  por MFlorenciaV
 
Estuve mirando mucha jurisprudencia al respecto, y son muy pocos los tribunales que rechazan la demanda por la falta de presentación ante el SECLO, asiq ... ya la presente esperemos que resulta!
 #853274  por elisanz
 
hola!! yo tb tengo que consignar judicialmente los certificados. tendras modelo??? se puede una vez pasados los 30 dias de la extincion de la relacion laboral no??
gracias gente!!
 #854470  por MFlorenciaV
 
hola! elisanz!
Tengo modelo q lo saque creo q de este foro. Te lo paso:

INICIA DEMANDA DE CONSIGNACION

Señor Juez:

******, Tomo ***, Folio ****, C.P.A.C.F., en mi carácter de letrado apoderado de *******, establecida en ******, constituyendo domicilio en A**************** de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a VS respetuosamente DIGO:
I.PERSONERÍA

Conforme lo acredito con copia del poder que acompaño, y que declaro es fiel reproducción de su original y se encuentra vigente en todos sus términos, soy apoderada de********, con domicilio real en***************9, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en tal carácter solicito ser tenido por presentado, parte y por constituido domicilio legal indicado.
II.ACORDADA

Declaro bajo juramento no haber iniciado esta acción con anterioridad ni ante otro fuero o jurisdicción.
Así también se manifiesta que no se ha dado cumplimiento con el procedimiento previsto en la ley 24.635 en función a que la consignación que puede efectuar el empleador se encuentra excluida del procedimiento establecido en la referida norma. Nótese que la redacción del artículo habla de reclamos individuales y pluriindividuales que versen sobre los conflictos de derecho de la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo, quedando claramente sentado que el derecho a consignar haberes e indemnizaciones por parte del empleado quedan al margen de la previsión normativa.
III. OBJETO
Siguiendo expresas instrucciones de mi mandante vengo por la presente a iniciar juicio de consignación contra ************, titular del DNI Nº******** con domicilio en la calle********o, departamento*********0, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se expondrán.

IV. HECHOS

Mi representada es una*******************************. La demandada comenzó a prestar tareas administrativas con fecha *********habiéndose desempañado en dicho cargo hasta el momento de su desvinculación producido el*******
Que la relación laboral se desarrolló con total normalidad hasta ******* cuando la demandada de manera unilateral decidió modificar su horario de trabajo, retirándose antes del establecimiento, y recuperando esas horas en el horario que ella decidía, sin consultarlo con ninguno de sus superiores.
En dicha oportunidad, al tomar conocimiento de los hechos las autoridades de l******** se le llamó la atención a la demandada, explicándole que debía pedir permiso antes de realizar dichos cambios.
De hecho, esta situación llamó la atención de mi mandante ya que la señora Davicino en ocasiones anteriores había solicitado un cambio de horario, el cual fue concedido.
La buena fe por parte de las autoridades de la Institución para aceptar los cambios de horarios de la demandada se dieron en varias oportunidades como paso a describir.
En Octubre de 2011, Davicino solicitó autorización para cambiar sus horarios, el cual fue concedido sin ningún problema, por parte de mi mandante.
Luego, en Noviembre del año 2011 la demandada solicitó licencia sin goce de sueldo desde el 2/11/ 2011 hasta el 2/12/2011, la que fue concedida sin ningún problema.
El día 12 de Abril de 2012 la demandada envió TCL Nº 81675745, en la cual intimó a la Asociación AMAR para que abone las siguientes diferencias de haberes: correspondiente al aumento otorgado UTEDYC- FEDEDAC del año 2010 en base a una remuneración convencional de $ 2644, , a septiembre de 2010 y de $ 2777, a noviembre de 2010; acuerdo UTEDYC –FEDEDAC de $3.608, a diciembre de 2011 y enero, y de $3969, correspondientes a los meses febrero y marzo, con su incidencia en el SAC/2010 y 2011 y adicionales de antigüedad (art. 20 CCT 462/06), también adicional previsto en el art 23 del CCT 462/06. Reclamos estos que a pesar de lo expresado en su Telegrama, la demandada nunca había manifestado a mi mandante.
La actora, tal cual expresa en su misiva, retuvo tareas hasta tanto se cumpliera con su reclamo.
Dicha misiva fue contestada en legal y debida forma por mi mandante mediante CD Nº 15046894, el 17/04/2012, haciendo lugar a sus reclamos, expresándole que los mismos se encontraban a su disposición y que debía reintegrarse a sus tareas.
El dia **** (Descripcion intercambio epistolar)

La demandada guardó silencio en todo momento, y no se presento a l********R a retirar ni sus reclamos, ni la liquidación final ni las certificaciones de servicio.
Lo cierto es que sobre la demandada pesaba la obligación y responsabilidad de presentarse en la sede de mi representada a retirar la documentación y valores que se ponían a su disposición.
No habiéndolo hecho en forma personal ni por medio de interposita persona con facultades suficientes a dar cumplimiento con la intimación que ella mismo enviara, mi representada se ve en la obligación de efectuar la presente consignación judicial.
Queda claro que en esta instancia ninguna otra cuestión debe ventilarse que no sea el incumplimiento de la parte demandada en presentarse a retirar la documentación conforme los términos del art 80de la LCT. Si bien la demandada tomó la decisión rescisoria, la misma no constituía ningún fundamento válido para no retirar las certificaciones del art. 80 LCT como así también la liquidación final.
La demandada con su proceder viola los principios enunciados e el art.63 de la LCT ya que la buena fe debe existir también al momento de finalizar la vinculación laboral y no concurrir a retirar las certificaciones que él mismo solicitó no es más que la evidencia de la mala a fe de especular con la posibilidad de que se le aplique a mi representada las multas legalmente establecidas.
El único medio para que mi representada quede desobligada es a través de la presente consignación.

DEPOSITO DE VALORES
En virtud de no tener conocimiento del Juzgado que intervendrá en la causa, y dados los requisitos exigidos para la apertura de cuentas judiciales, esta parte procederá a realizar el depósito de la suma que se pretende consignar, una vez sorteado el mismo.

V. DERECHO
Fundo el derecho que hace a mi parte en las normas pertinentes de la Constitución Nacional y ley 20744.

VI. PRUEBA
A) CONFESIONAL
Se cite a la demandada para que absuelva posiciones a tenor del pliego que oportunamente se adjuntará a estas actuaciones.
B) DOCUMENTAL
a) Se agregue la siguiente documentación, reservándose los respectivos originales en Secretaría, a cuyos efectos adjunto copias para constancia de autos, a saber:
1) Certificación de servicios y remuneraciones.
2) Liquidación final.
3) Baja en la AFIP.
b)

C) INFORMATIVA:
A) Se libre oficio al:
-Correo argentino a fin que informe acerca de la autenticidad y constancias de envío y recepción de las piezas postales que en copia se remitirán a esa repartición,
D) PERICIAL CONTABLE:
Se solicita se designe perito contador único de oficio para que compulsando la documentación de mi representada se pronuncie acerca:
1.- Fecha de ingreso y egreso de la demandada y su remuneración en el último año trabajado.
2.-Informe convenio aplicable en la liquidación de la remuneración de la demandada.
3.-Si las sumas puestas dan disposición corresponden con una liquidación final por despido encausado por abandono de trabajo.
4.-Si existen constancias documentales de que la demandad se hubiere presentado a retirar los importes y certificaciones legales correspondientes.

VII. RESERVA CASO FEDERAL

Para el hipotético caso en que VS no hiciere lugar a las pretensiones de mi mandante en las presentes actuaciones, mi mandante expresamente hace reserva del caso federal, fundado en el art. 17 de la Constitución Nacional.-

VIII. PETITORIO
Por todo lo expuesto, corresponde y solicito:
a) Se me tenga por presentado y por parte en el carácter invocado y con el domicilio procesal constituido.
b) Se corra traslado de la presente consignación a la demandada;
c) Se tenga presente lo manifestado
d) Se tenga por ofrecida la prueba.
e) Se tenga presente la reserva de caso federal efectuada.

PROVEER DE CONFORMIDAD,
SERA JUSTICIA

Espero t sirva!
saludos!
 #854471  por MFlorenciaV
 
hola! elisanz!
Tengo modelo q lo saque creo q de este foro. Te lo paso:

INICIA DEMANDA DE CONSIGNACION

Señor Juez:

******, Tomo ***, Folio ****, C.P.A.C.F., en mi carácter de letrado apoderado de *******, establecida en ******, constituyendo domicilio en A**************** de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, a VS respetuosamente DIGO:
I.PERSONERÍA

Conforme lo acredito con copia del poder que acompaño, y que declaro es fiel reproducción de su original y se encuentra vigente en todos sus términos, soy apoderada de********, con domicilio real en***************9, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y en tal carácter solicito ser tenido por presentado, parte y por constituido domicilio legal indicado.
II.ACORDADA

Declaro bajo juramento no haber iniciado esta acción con anterioridad ni ante otro fuero o jurisdicción.
Así también se manifiesta que no se ha dado cumplimiento con el procedimiento previsto en la ley 24.635 en función a que la consignación que puede efectuar el empleador se encuentra excluida del procedimiento establecido en la referida norma. Nótese que la redacción del artículo habla de reclamos individuales y pluriindividuales que versen sobre los conflictos de derecho de la competencia de la Justicia Nacional del Trabajo, quedando claramente sentado que el derecho a consignar haberes e indemnizaciones por parte del empleado quedan al margen de la previsión normativa.
III. OBJETO
Siguiendo expresas instrucciones de mi mandante vengo por la presente a iniciar juicio de consignación contra ************, titular del DNI Nº******** con domicilio en la calle********o, departamento*********0, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, conforme a las consideraciones de hecho y de derecho que a continuación se expondrán.

IV. HECHOS

Mi representada es una*******************************. La demandada comenzó a prestar tareas administrativas con fecha *********habiéndose desempañado en dicho cargo hasta el momento de su desvinculación producido el*******
Que la relación laboral se desarrolló con total normalidad hasta ******* cuando la demandada de manera unilateral decidió modificar su horario de trabajo, retirándose antes del establecimiento, y recuperando esas horas en el horario que ella decidía, sin consultarlo con ninguno de sus superiores.
En dicha oportunidad, al tomar conocimiento de los hechos las autoridades de l******** se le llamó la atención a la demandada, explicándole que debía pedir permiso antes de realizar dichos cambios.
De hecho, esta situación llamó la atención de mi mandante ya que la señora Davicino en ocasiones anteriores había solicitado un cambio de horario, el cual fue concedido.
La buena fe por parte de las autoridades de la Institución para aceptar los cambios de horarios de la demandada se dieron en varias oportunidades como paso a describir.
En Octubre de 2011, Davicino solicitó autorización para cambiar sus horarios, el cual fue concedido sin ningún problema, por parte de mi mandante.
Luego, en Noviembre del año 2011 la demandada solicitó licencia sin goce de sueldo desde el 2/11/ 2011 hasta el 2/12/2011, la que fue concedida sin ningún problema.
El día 12 de Abril de 2012 la demandada envió TCL Nº 81675745, en la cual intimó a la Asociación AMAR para que abone las siguientes diferencias de haberes: correspondiente al aumento otorgado UTEDYC- FEDEDAC del año 2010 en base a una remuneración convencional de $ 2644, , a septiembre de 2010 y de $ 2777, a noviembre de 2010; acuerdo UTEDYC –FEDEDAC de $3.608, a diciembre de 2011 y enero, y de $3969, correspondientes a los meses febrero y marzo, con su incidencia en el SAC/2010 y 2011 y adicionales de antigüedad (art. 20 CCT 462/06), también adicional previsto en el art 23 del CCT 462/06. Reclamos estos que a pesar de lo expresado en su Telegrama, la demandada nunca había manifestado a mi mandante.
La actora, tal cual expresa en su misiva, retuvo tareas hasta tanto se cumpliera con su reclamo.
Dicha misiva fue contestada en legal y debida forma por mi mandante mediante CD Nº 15046894, el 17/04/2012, haciendo lugar a sus reclamos, expresándole que los mismos se encontraban a su disposición y que debía reintegrarse a sus tareas.
El dia **** (Descripcion intercambio epistolar)

La demandada guardó silencio en todo momento, y no se presento a l********R a retirar ni sus reclamos, ni la liquidación final ni las certificaciones de servicio.
Lo cierto es que sobre la demandada pesaba la obligación y responsabilidad de presentarse en la sede de mi representada a retirar la documentación y valores que se ponían a su disposición.
No habiéndolo hecho en forma personal ni por medio de interposita persona con facultades suficientes a dar cumplimiento con la intimación que ella mismo enviara, mi representada se ve en la obligación de efectuar la presente consignación judicial.
Queda claro que en esta instancia ninguna otra cuestión debe ventilarse que no sea el incumplimiento de la parte demandada en presentarse a retirar la documentación conforme los términos del art 80de la LCT. Si bien la demandada tomó la decisión rescisoria, la misma no constituía ningún fundamento válido para no retirar las certificaciones del art. 80 LCT como así también la liquidación final.
La demandada con su proceder viola los principios enunciados e el art.63 de la LCT ya que la buena fe debe existir también al momento de finalizar la vinculación laboral y no concurrir a retirar las certificaciones que él mismo solicitó no es más que la evidencia de la mala a fe de especular con la posibilidad de que se le aplique a mi representada las multas legalmente establecidas.
El único medio para que mi representada quede desobligada es a través de la presente consignación.

DEPOSITO DE VALORES
En virtud de no tener conocimiento del Juzgado que intervendrá en la causa, y dados los requisitos exigidos para la apertura de cuentas judiciales, esta parte procederá a realizar el depósito de la suma que se pretende consignar, una vez sorteado el mismo.

V. DERECHO
Fundo el derecho que hace a mi parte en las normas pertinentes de la Constitución Nacional y ley 20744.

VI. PRUEBA
A) CONFESIONAL
Se cite a la demandada para que absuelva posiciones a tenor del pliego que oportunamente se adjuntará a estas actuaciones.
B) DOCUMENTAL
a) Se agregue la siguiente documentación, reservándose los respectivos originales en Secretaría, a cuyos efectos adjunto copias para constancia de autos, a saber:
1) Certificación de servicios y remuneraciones.
2) Liquidación final.
3) Baja en la AFIP.
b)

C) INFORMATIVA:
A) Se libre oficio al:
-Correo argentino a fin que informe acerca de la autenticidad y constancias de envío y recepción de las piezas postales que en copia se remitirán a esa repartición,
D) PERICIAL CONTABLE:
Se solicita se designe perito contador único de oficio para que compulsando la documentación de mi representada se pronuncie acerca:
1.- Fecha de ingreso y egreso de la demandada y su remuneración en el último año trabajado.
2.-Informe convenio aplicable en la liquidación de la remuneración de la demandada.
3.-Si las sumas puestas dan disposición corresponden con una liquidación final por despido encausado por abandono de trabajo.
4.-Si existen constancias documentales de que la demandad se hubiere presentado a retirar los importes y certificaciones legales correspondientes.

VII. RESERVA CASO FEDERAL

Para el hipotético caso en que VS no hiciere lugar a las pretensiones de mi mandante en las presentes actuaciones, mi mandante expresamente hace reserva del caso federal, fundado en el art. 17 de la Constitución Nacional.-

VIII. PETITORIO
Por todo lo expuesto, corresponde y solicito:
a) Se me tenga por presentado y por parte en el carácter invocado y con el domicilio procesal constituido.
b) Se corra traslado de la presente consignación a la demandada;
c) Se tenga presente lo manifestado
d) Se tenga por ofrecida la prueba.
e) Se tenga presente la reserva de caso federal efectuada.

PROVEER DE CONFORMIDAD,
SERA JUSTICIA

Espero t sirva!
saludos!