Hola, trabajo como consultora en relacion de dependencia con una empresa de consultoria, mi jornada laboral "normal" es de 9 a 18, pero viajo regularmente al exterior. Se me acaba de informar que debo hacer un viaje a otro país saliendo el sábado por la mañana de Bs As para poder estar el lunes a primera hora en destino, (son más de 20 hs de vuelo y hay una importante diferencia horaria). Me informaron que no se me pagarán horas extras por el tiempo de vuelo, ni se me darán días compensatorios.
¿Es legal? ¿No deberían contarse como horas extras? ¿Puedo negarme a viajar siendo que desde el inicio de mi contrato con la empresa (hace 2 años) se estableció podía haber viajes regulares al exterior?
Quiero aclarar que cuando ingresé en la companía la política de viajes permitía contabilizar algunas horas de viaje durante fin de semana como horas extras, pero a partir de ahora alegan que esa política ha cambiado y no se pagarán extras por las horas de vuelo.
Agradezco la pronta respuesta ya que es un viaje inminente del que me acabo de enterar.
Muchas Gracias
¿Es legal? ¿No deberían contarse como horas extras? ¿Puedo negarme a viajar siendo que desde el inicio de mi contrato con la empresa (hace 2 años) se estableció podía haber viajes regulares al exterior?
Quiero aclarar que cuando ingresé en la companía la política de viajes permitía contabilizar algunas horas de viaje durante fin de semana como horas extras, pero a partir de ahora alegan que esa política ha cambiado y no se pagarán extras por las horas de vuelo.
Agradezco la pronta respuesta ya que es un viaje inminente del que me acabo de enterar.
Muchas Gracias
