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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #839775  por gamorza2002
 
Hola, a ver si me dan una mano. Tengo un caso por encuadre convencional, el tipo esta en UOCRA, cuando en realidad la empresa no es de construccion, sino de limpieza industrial, y segun el CCT de AOMA (Asociacion Obrera Minera Argentina) aplicable a esa actividad le correponde mas de 1000 mangos por mes de diferencia. En este caso lo anotan hace 6 años en otro convenio y sindicato y ahora vamos a reclamar diferencias salariales y en caso de despido aplicar la LCT. Mi pregunta es

¿es posible que despues de tantos años se considere que al trabajador consintio ese encuadre y por lo tanto se le niege el derecho a indemnizacion?

otra,si retira el fondo de cese laboral de UOCRA ¿consiente el encuadre convencional o corre como a cuenta de lo que le deben por la diferencia salarial y un eventual despido?

Somos 3 en el estudio y cada uno piensa distinto, yo creo que por el principio de p. de la realidad se debe tener al trabajador como encuadrado en AOMA y no en UOCRA ya que jamas realizo algun tipo de cosntruccion, por otro lado no debe tenerse por consentida la voluntad del trbajador a aceptar el fondo, ya que el trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente, de los derechos garantías que le otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio propio yo creo que La autonomía de la voluntad no tiene ámbito de acción para los derechos irrenunciables, un trabajador no puede renunciar a su salario, o aceptar uno que sea menor al mínimo establecido por el ordenamiento.

Bueno les agradeceria mucho las opiniones, ya que estoy bastante confundido con este tema.
saludos.
 #839879  por agentil
 
gamorza2002 escribió:Hola, a ver si me dan una mano. Tengo un caso por encuadre convencional, el tipo esta en UOCRA, cuando en realidad la empresa no es de construccion, sino de limpieza industrial, y segun el CCT de AOMA (Asociacion Obrera Minera Argentina) aplicable a esa actividad le correponde mas de 1000 mangos por mes de diferencia. En este caso lo anotan hace 6 años en otro convenio y sindicato y ahora vamos a reclamar diferencias salariales y en caso de despido aplicar la LCT. Mi pregunta es

¿es posible que despues de tantos años se considere que al trabajador consintio ese encuadre y por lo tanto se le niege el derecho a indemnizacion?
NO, LA IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS ESTA POR ENCIMA DE ESO.
otra,si retira el fondo de cese laboral de UOCRA ¿consiente el encuadre convencional o corre como a cuenta de lo que le deben por la diferencia salarial y un eventual despido? CORRE A CUENTA.

Somos 3 en el estudio y cada uno piensa distinto, yo creo que por el principio de p. de la realidad se debe tener al trabajador como encuadrado en AOMA y no en UOCRA ya que jamas realizo algun tipo de cosntruccion, por otro lado no debe tenerse por consentida la voluntad del trbajador a aceptar el fondo, ya que el trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente, de los derechos garantías que le otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio propio yo creo que La autonomía de la voluntad no tiene ámbito de acción para los derechos irrenunciables, un trabajador no puede renunciar a su salario, o aceptar uno que sea menor al mínimo establecido por el ordenamiento.

Bueno les agradeceria mucho las opiniones, ya que estoy bastante confundido con este tema.
saludos.
SALUDOS!!
 #839974  por gamorza2002
 
agentil escribió:
gamorza2002 escribió:Hola, a ver si me dan una mano. Tengo un caso por encuadre convencional, el tipo esta en UOCRA, cuando en realidad la empresa no es de construccion, sino de limpieza industrial, y segun el CCT de AOMA (Asociacion Obrera Minera Argentina) aplicable a esa actividad le correponde mas de 1000 mangos por mes de diferencia. En este caso lo anotan hace 6 años en otro convenio y sindicato y ahora vamos a reclamar diferencias salariales y en caso de despido aplicar la LCT. Mi pregunta es

¿es posible que despues de tantos años se considere que al trabajador consintio ese encuadre y por lo tanto se le niege el derecho a indemnizacion?
NO, LA IRRENUNCIABILIDAD DE DERECHOS ESTA POR ENCIMA DE ESO.
otra,si retira el fondo de cese laboral de UOCRA ¿consiente el encuadre convencional o corre como a cuenta de lo que le deben por la diferencia salarial y un eventual despido? CORRE A CUENTA.

Somos 3 en el estudio y cada uno piensa distinto, yo creo que por el principio de p. de la realidad se debe tener al trabajador como encuadrado en AOMA y no en UOCRA ya que jamas realizo algun tipo de cosntruccion, por otro lado no debe tenerse por consentida la voluntad del trbajador a aceptar el fondo, ya que el trabajador está imposibilitado de privarse, voluntariamente, de los derechos garantías que le otorga la legislación laboral, aunque sea por beneficio propio yo creo que La autonomía de la voluntad no tiene ámbito de acción para los derechos irrenunciables, un trabajador no puede renunciar a su salario, o aceptar uno que sea menor al mínimo establecido por el ordenamiento.

Bueno les agradeceria mucho las opiniones, ya que estoy bastante confundido con este tema.
saludos.
SALUDOS!!
??
 #840034  por GU
 
El derecho laboral es de orden publico. El trabajador no puede consentir aquello que no es renunciable.

Todo pago es a cuenta.

Salutes!

Pd: Alguien que le explique a agentil como citar y que se entienda! :twisted:
 #840074  por agentil
 
GU escribió:El derecho laboral es de orden publico. El trabajador no puede consentir aquello que no es renunciable.

Todo pago es a cuenta.

Salutes!

Pd: Alguien que le explique a agentil como citar y que se entienda! :twisted:
Estimado, está la respuesta en mayuscula. Es solo para entendidos.

saludos!!
 #840206  por gamorza2002
 
GU escribió:El derecho laboral es de orden publico. El trabajador no puede consentir aquello que no es renunciable.

Todo pago es a cuenta.

Salutes!

Pd: Alguien que le explique a agentil como citar y que se entienda! :twisted:
Gracias.

Agentil, de que coño hablas?
 #840385  por pepecurdele
 
yo estoy estudiando un caso parecido de encuadre convencional (instaladores domiciliarios de cable tercerizados encuadrados en el CCT uocra) y estoy medio trabado con ello, buscando encontre un articulo que me parece que te puede ayudar te paso el link.

http://www.asociacion.org.ar/resena_enduadramiento2.php
 #840686  por sanjuanino
 
Es un tema muy vidrioso, en el que voy a contestar no sin inseguridades
Según mi humilde criterio, posiblemente corresponda solicitar la correcta registración con los apercibimientos de la 24013. Y una vez que este bien registrado, procedería el reclamo por diferencia salarial
una pregunta ¿por que se aplicaría en este caso el convenio de AOMA, dado que el tipo labura en una planta de limpieza industrial?
 #840956  por karayna
 
Holissss a todos!!

Yo opino igual q el dr q dijo esto "Es un tema muy vidrioso, en el que voy a contestar no sin inseguridades
Según mi humilde criterio, posiblemente corresponda solicitar la correcta registración con los apercibimientos de la 24013. Y una vez que este bien registrado, procedería el reclamo por diferencia salarial"...

Yo intimaria en funcion de la 24013 la correcta registración bajo apercibim de darme por despedido...y en la misma cd intimo las diferencias salariales, las cuales reclamaria todas desde el inicio de la relacion laboral pero me tomaria el detalle de ver cuanto monto hay por cada mes... (ya me paso q reclame en forma grica xxx suma de dinero y no me lo dieron por no discriminar, el juzgado entendio q no correspondia por ej 1000 $ de dif por cada mes porq se supone q los sueldos variaron a lo largo de la relacion laboral y en vez de tomarse el juez el trabajo de calcular y decirme cuanto menos me correspondia...me elimino el rubro directo..igual apele...todavia cam no resolvio...)
 #840968  por gamorza2002
 
sanjuanino escribió:Es un tema muy vidrioso, en el que voy a contestar no sin inseguridades
Según mi humilde criterio, posiblemente corresponda solicitar la correcta registración con los apercibimientos de la 24013. Y una vez que este bien registrado, procedería el reclamo por diferencia salarial
una pregunta ¿por que se aplicaría en este caso el convenio de AOMA, dado que el tipo labura en una planta de limpieza industrial?
Hola, se aplica el convenio 54/89 de aoma en el que se establece cuales actividades entran en ese convenio, en particular las que se realizan dentro de plantas cementeras, (ejemplo, desde un obrero en la molienda del cemento hasta un jardinero), en sinteis, no importa la actividad que realize en particular, mientras esta sea dentro de una fabrica de cemento portland y sea destinada a cumplemtnar el normal funcionamiento de la misma, debe estar en AOMA.

Por suerte tengo otro punto a mi favor, esta misma contratista tiene en la planta cementera (Cementos Avellaneda) dos planteles de trabajadores que realizan la misma tarea, pero en dos puntos dsitintos de la fabrica, uno lo tiene bajo AOMA, (pagando 1500 pesos por mes mas que UOCRA) y el otro bajo UOCRA, por lo tanto tengo para reclamar la discriminacion que realiza, ya que por igual tarea, distinta remuneracion.

Saludos.
 #840970  por gamorza2002
 
pepecurdele escribió:yo estoy estudiando un caso parecido de encuadre convencional (instaladores domiciliarios de cable tercerizados encuadrados en el CCT uocra) y estoy medio trabado con ello, buscando encontre un articulo que me parece que te puede ayudar te paso el link.

http://www.asociacion.org.ar/resena_enduadramiento2.php
Gracias, ese mismo estoy utilizando para fundamentar la demanda, creo que vamos bien, en el estudio tengo jurisprudencia al respecto sobre fraude en cuanto a encuadre convencional, el lunes te lo mando, si me olvido haceme acordar.
 #840971  por gamorza2002
 
karayna escribió:Holissss a todos!!

Yo opino igual q el dr q dijo esto "Es un tema muy vidrioso, en el que voy a contestar no sin inseguridades
Según mi humilde criterio, posiblemente corresponda solicitar la correcta registración con los apercibimientos de la 24013. Y una vez que este bien registrado, procedería el reclamo por diferencia salarial"...

Yo intimaria en funcion de la 24013 la correcta registración bajo apercibim de darme por despedido...y en la misma cd intimo las diferencias salariales, las cuales reclamaria todas desde el inicio de la relacion laboral pero me tomaria el detalle de ver cuanto monto hay por cada mes... (ya me paso q reclame en forma grica xxx suma de dinero y no me lo dieron por no discriminar, el juzgado entendio q no correspondia por ej 1000 $ de dif por cada mes porq se supone q los sueldos variaron a lo largo de la relacion laboral y en vez de tomarse el juez el trabajo de calcular y decirme cuanto menos me correspondia...me elimino el rubro directo..igual apele...todavia cam no resolvio...)
Gracias!! lo voy a tener en cuenta al reclamar la diferencia.
Efectivamente, el telegrama fue reclamando diferencias, multa 24013, con copias a afip etc etc con el aprecibimeitno de considerarme despedido, al rechazar mi telegrama ya lo considere despedido sin justa causa, asi que ahora estoy haciendo la demanda.

Y gracias a todos!!!, veo que no estaba tan mal en este tema.
 #841010  por sanjuanino
 
Ahora entiendo lo del convenio, y lo que cuentas al respecto te favorece enormemente
A mi entender, vas como un balazo en el asunto.
Suerte hermano