Buenas a todos. El motivo por el cual escribo consiste en saber como debo continuar ahora que ya la sentencia definitiva en un juicio de reajustes quedo firme (tramito en el juzg 7 de la dra braghini) y que ya tengo en mi poder las copias certificadas de la sentencia y los oficios al sr jefe del depto de juicios y oficios de paseo colon 329...porq del texto del oficio q abajo transcribo pareceria q tambien tengo q acompañar: 1- copia (certificada?) de la resolucion q otorgo el beneficio 2- copia (certificada?) del detalle de las remuneraciones consideradas para el calculo del haber inicial 3- copia (certificada? del re clamo adminitrativo y de su denegatoria.
DILIGENCIAMIENTO DE LA SENTENCIA CERTIFICADA: el oficio dice "hagase saber a la parte actora q el plazo del cumplimiento del art 22 ley 24463 comenzara a computarse una vez recibidas por el organismo las copias certificadas de la sentencia junto con las actuaciones adminisitrativas si obraren en la causa, a cuyo termino recien podra iniciarse la ejecucion y la presentencion de la liquidacion"-
Del juzgado solo retire la copia certificada de la sentencia pero ahora me pregunto si tambien tengo q pedir copias certificadas de la resolucion q otorgo el beneficio, del detalle de las remuneraciones consideradas para el calculo del haber inicial y del reclamo administrativo o si tan solo tengo q fotocopiar yo esas 3 cosas directamente del expediente...q opinan?
dado q es mi primer reajuste la verdad q no se muy bien si al momento de diligenciar la sentencia certificada y los oficios debo tamb acompañar las 3 cosas q mencione en el primer parrafo y, en su caso, si me olvide de algo. Pido disculpas si pregunte obviedades pero necesito estar seguro. Desde ya muchas gracias!!!
DILIGENCIAMIENTO DE LA SENTENCIA CERTIFICADA: el oficio dice "hagase saber a la parte actora q el plazo del cumplimiento del art 22 ley 24463 comenzara a computarse una vez recibidas por el organismo las copias certificadas de la sentencia junto con las actuaciones adminisitrativas si obraren en la causa, a cuyo termino recien podra iniciarse la ejecucion y la presentencion de la liquidacion"-
Del juzgado solo retire la copia certificada de la sentencia pero ahora me pregunto si tambien tengo q pedir copias certificadas de la resolucion q otorgo el beneficio, del detalle de las remuneraciones consideradas para el calculo del haber inicial y del reclamo administrativo o si tan solo tengo q fotocopiar yo esas 3 cosas directamente del expediente...q opinan?
dado q es mi primer reajuste la verdad q no se muy bien si al momento de diligenciar la sentencia certificada y los oficios debo tamb acompañar las 3 cosas q mencione en el primer parrafo y, en su caso, si me olvide de algo. Pido disculpas si pregunte obviedades pero necesito estar seguro. Desde ya muchas gracias!!!
