Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • certficados art 80

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #835813  por estudiodeabogada
 
colegas en un despido indirecto se pidio conciliacion en seclo , en la audiencia se cerro conciliacion por no llegar a un acuerdo. Ahora le envían tel a mi cleinte poniendo a su disposicion los certficados art. 80, le conviene ir a buscarlos, luego iniciar el juicio igual? gracias
 #835816  por zurda83
 
Hola! Si es lo mejor, después reclamas todo lo demás, te lo digo por experiencia ya que en una oportunidad me los consignaron y fue una perdida de tiempo para el trabajador.
 #835821  por Blarouson
 
Hola. En tu caso vería si se cumplió o no el plazo para intimar por el art. 80, no basta que lo pongan a disposición, si se cumplió intimaría primero y luego en todo caso lo mandaría a retirar, pero en la demanda reclamaría la multa del 80. Saludos
 #836053  por sanjuanino
 
Entonces retiralos. A mi me paso alguna vez algo similar
zurda83 escribió:Hola! Si es lo mejor, después reclamas todo lo demás, te lo digo por experiencia ya que en una oportunidad me los consignaron y fue una perdida de tiempo para el trabajador.
 #836563  por GU
 
Yo los retiraria solo si los necesita el trabajador. Sino, de todas formas te los van a presentar en la contestacion de demanda ya que la mayoria no suele consignarlos.

Salutes!