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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #831888  por exjefe
 
PRORRATEO DE EDAD
CALCULO DE EDAD JUBILATORIA Y SERVICIOS REQUERIDOS

Casos de afiliados que han desempeñado tareas riegosas o insalubres, y que están sujetas a un régimen especial (según listado de tareas insalubres).

1. EDAD JUBILATORIA

1/1/59 al 6/7/70 Amarrador de barcaza
7/7/70 al 30/4/94 T. comunes

Para regimenes de 25 años de aportes.
25 * 360 = 9000/100 = 90
Para regimenes de 30 años de aportes.
30 * 360 = 10800/100 = 108

Se considera en primer lugar la actividad, que posee un régimen más favorable en cuanto a la cantidad de años de servicios con aportes que son necesarios para obtener la jubilación.
Así en el ejemplo se consideran en primer lugar los años aportados como amarrador de barcaza, cuyo régimen especial requiere 25 años de aportes.
El período trabajado se calcula así:
1/1/59 al 6/7/70, son
23 años, 9 meses y 24 días

(23 * 360 + 9 * 30 + 24)/90 = 95,26

95,26 (trabajo insalubre)

De este cálculo surge que los años de aportes como amarrador no cubre el 100% (25 años) de lo que exige su régimen especial. Por ello le restaremos a 100 la cifra obtenida, y a ese resultado se le aplicará el régimen jubilatorio que corresponda como más favorable al jubilable, en este caso, se le aplica el régimen por tareas comunes, de la siguiente manera:

100 – 95,26 = 4,74 (tareas comunes)

A las cifras obtenidas, se las multiplica por la edad jubilatoria que fija cada régimen aplicable, de la siguiente manera:

95,26 * 0,52 (edad jubilatoria) = 49,54

04,74 * 0,65 (edad jubilatoria) = 03,081

49,54+3,081= 52,621
52 años
,621*12= 7,572
7 meses
,572*30= 17,18
18 dias

EDAD REQUERIDA: 52 años 7 meses y 18 días

2. CALCULO DE CANTIDAD DE AÑOS DE SERVICIOS REQUERIDOS en TAREAS COMUNES

(4.74 * 108)/360 = 01.422
1 año
,422*12= 5,064
5 meses
,064*30= 1,92
2 dias

AÑOS DE SERVICIOS REQUERIDOS EN TAREAS COMUNES

1 año 5 meses 2 dias
 #832173  por arielruiz86
 
Pero si los amarradores de barcazas se jubilan a los 52 años y con 25 de aportes y este solo tiene 11 años 6 meses trabajados como tal (osea, menos de la mitad) nunca le puede dar que se jubila a los 52 y 7 meses, sino a una edad mayor (59 o 60 aprox)

El error estar aca:
Así en el ejemplo se consideran en primer lugar los años aportados como amarrador de barcaza, cuyo régimen especial requiere 25 años de aportes.
El período trabajado se calcula así:
1/1/59 al 6/7/70, son
23 años, 9 meses y 24 días No, aca solo hay 11 años 6 meses trabajados con regimen insalubre

(23 * 360 + 9 * 30 + 24)/90 = 95,26

95,26 (trabajo insalubre)
 #832174  por arielruiz86
 
Mi tabla de prorrateo en excel me da:
Requisitos Insalubres 52/25
Tiempo comun 65/30

Tiempo trabajado Insalubre en dias (1/1/59 al 6/7/70): 4146 dias

Tiempo Requerido Insalubre en dias 90

Coef Insalubre 46,06 %
Coef Comun 53,94 %

Edad para solicitar Beneficio 59,01
Servicios Requeridos total 27,70
 #832304  por exjefe
 
exjefe escribió:PRORRATEO DE EDAD
CALCULO DE EDAD JUBILATORIA Y SERVICIOS REQUERIDOS

Casos de afiliados que han desempeñado tareas riegosas o insalubres, y que están sujetas a un régimen especial (según listado de tareas insalubres).

1. EDAD JUBILATORIA

1/12/69(59) al 6/7/70 Amarrador de barcaza Tareas comunes
7/7/70 al 30/4/94 T. comunes Amarrador de barcaza
Este ha sido mi error de tipeo, pido disculpas.
Para regimenes de 25 años de aportes.
25 * 360 = 9000/100 = 90
Para regimenes de 30 años de aportes.
30 * 360 = 10800/100 = 108

Se considera en primer lugar la actividad, que posee un régimen más favorable en cuanto a la cantidad de años de servicios con aportes que son necesarios para obtener la jubilación.
Así en el ejemplo se consideran en primer lugar los años aportados como amarrador de barcaza, cuyo régimen especial requiere 25 años de aportes.
El período trabajado se calcula así:
1/1/59 al 6/7/70, son
23 años, 9 meses y 24 días

(23 * 360 + 9 * 30 + 24)/90 = 95,26

95,26 (trabajo insalubre)

De este cálculo surge que los años de aportes como amarrador no cubre el 100% (25 años) de lo que exige su régimen especial. Por ello le restaremos a 100 la cifra obtenida, y a ese resultado se le aplicará el régimen jubilatorio que corresponda como más favorable al jubilable, en este caso, se le aplica el régimen por tareas comunes, de la siguiente manera:

100 – 95,26 = 4,74 (tareas comunes)

A las cifras obtenidas, se las multiplica por la edad jubilatoria que fija cada régimen aplicable, de la siguiente manera:

95,26 * 0,52 (edad jubilatoria) = 49,54

04,74 * 0,65 (edad jubilatoria) = 03,081

49,54+3,081= 52,621
52 años
,621*12= 7,572
7 meses
,572*30= 17,18
18 dias

EDAD REQUERIDA: 52 años 7 meses y 18 días

2. CALCULO DE CANTIDAD DE AÑOS DE SERVICIOS REQUERIDOS en TAREAS COMUNES

(4.74 * 108)/360 = 01.422
1 año
,422*12= 5,064
5 meses
,064*30= 1,92
2 dias

AÑOS DE SERVICIOS REQUERIDOS EN TAREAS COMUNES

1 año 5 meses 2 dias