hola un secretario adjunto al gremio de la carne le tiene que pagar un sueldo, y si esta dentro de un frigorifico tiene que desarrollar solo la actividad gremial. muchas gracias
Ley 23551 Artículo 44. — Sin perjuicio de lo acordado en convenciones colectivas de trabajo, los empleadores estarán obligados a:
a) Facilitar un lugar para el desarrollo de las tareas de los delegados del personal en la medida en que, habida cuenta de la cantidad de trabajadores ocupados y la modalidad de la prestación de los servicios, las características del establecimiento lo tornen necesarios;
b) Concretar las reuniones periódicas con esos delegados asistiendo personalmente o haciéndose representar;
c) conceder a cada uno de los delegados del personal, para el ejercicio de sus funciones, un crédito de horas mensuales retribuidas de conformidad con lo que se disponga en la convención colectiva aplicable.
Reglamentacion decreto 467/1988 Art. 28 — (Art. 44 inc. c) de la ley) — Mientras el delegado permanezca en su función, el empleador podrá reducir o aumentar el crédito de horas mensuales retribuidas, en tanto iguale o supere la cantidad que establezca la convención colectiva aplicable.
Además busca si hay algo en el convenio colectivo de la carne, que no lo tengo a mano
Te saco una duda segura: solo tiene el crédito horario para desarrollar su actividad gremial
