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  • ALBAÑIL ACCIDENTADO SIN ART PERO CON SEGURO

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #828200  por gl2011
 
mis estimados..FELICES PASCUAS para todos!..aca trabando me encuentro o mejor dicho estudiando un tema..para quienes puedan ayudarme pregunto.
Es un albañil q sufrio un accidente (aun no tiene el alta y va para rato)..es probable q no pueda volver a trabajar, la incapacidad se determinara con el alta. El punto es que trabajaba para un contratista q lo tiene en negro, PERO le contrato un seguro personal para accidentes de trabajo u oficios, es este seguro el q esta respondiendo con la atencion medica.NO ES ART!. Todas las semanas su empleador le lleva el dinero a la casa, pagandole lo q venia cobrando hasta el accidente.
Mas alla de determinarse la incapacidad y demas..Q ROL JUEGA ESTE SEGURO?..SE DEMANDA AL CONTRATISTA (EMPLEADOR )(en este caso no solo x estar en negro) POR EL DAÑO EN IGUALES TERMINOS COMO SI NO HUBIERA ART?..pidiendo reparacion integral, etc, etc
alguien sabe algo mas en temas de construccion?
Desde ya gracias
 #828227  por MORGAN
 
como diligencia preliminar pedí en la demanda que se intime al accionado a denunciar si poseía ART y/o seguro de accidentes personales y que indique cuales son.
 #828244  por gl2011
 
Gracias Morgan una vez mas. Ya se cual es la aseguradora y cuando me haga de los papeles quizas pueda saber sin dudas cual es la cobertura pero averiguando x cuenta propia ya se q se trata de un seguro personal q sirve para autonomos gralmente, q cubre riesgos q eventualmente corre el asegurado con motivo del trabajo, pero no es una art propiamente dicha.
 #828305  por PABLOutsupra
 
Hola buenas noches, para mi tendrias que averiguar si el empleador tiene a algun empleado en blanco y paga alguna ART para estos supuestos, esto lo podes obtener con un simple informe comercial del empleador (Nosis, Veraz, Etc.) o mismo tu cliente lo puede averiguar por medio de algun compañero que este registrado. De ser positiva dicha busqueda citar sin lugar a dudas Empledor; Seguro; Art; y a la empresa encargada de la obra que construian. Ya que por lo que contas tu cliente tal vez no vuelva a trabajar la responsabilidad es de todos estos.

Saludos!!!
 #828859  por andresxeneizes
 
pregunto en caso de que este empleado no tenga art, por mas que el empleador tenga art con otros empleador ¿responderia en este caso la art en relacion a los empleados que no estan registrados y por ende por los que no se paga el seguro de riesgo de trabajo?
 #828920  por PABLOutsupra
 
La Art tiene la obligación de inspeccionar las empresas las cuales le brinda sus servicios, tanto de la nomina de personal como de la seguridad de estos, con lo cual es solidariamente responsable en el hipotetico caso de tener un contrato con el empleador.
Saludos
 #829413  por andresxeneizes
 
PABLOutsupra escribió:La Art tiene la obligación de inspeccionar las empresas las cuales le brinda sus servicios, tanto de la nomina de personal como de la seguridad de estos, con lo cual es solidariamente responsable en el hipotetico caso de tener un contrato con el empleador.
Saludos
muy buena esa, no la tenia esto surje de la LRT o por jurisprudencia?
 #829470  por PABLOutsupra
 
muy buena esa, no la tenia esto surje de la LRT o por jurisprudencia?[/quote]


hay mucha jurisprudencia “TORRILLO, ATILIO AMADEO Y OTRO C/ GULF OIL ARGENTINA S.A. Y OTRO.”
31/03/2009 – CSJN entre muchos.

Saludos
 #835887  por gl2011
 
Hola de nuevo gente, volviendo al tema originario, les cuento q efectivamente el empleador tomó un seguro PERSONAL para su "empleado" q esta cubriendo las prestaciones en especie, al momento..la dineraria obvio se vera cuando haya alta medica.
Pensaba, voy intimando para q ponga en blanco mediante tcl y responda por daños?...esto es lo q me desorienta ya que no hay alta no puedo hablar de indemnizacion, pero tampoco se trata de una art como antes dije, sino de un seguro personal de vida cuyo tomador fue el contratista..
salu2
 #865488  por gl2011
 
Estimados gracias por sus comentarios oportunos. Pero vuelvo sobre el tema en este punto..
Mas alla de haber estado trabajando en negro..si habia o no art contratada por empleador, mi cliente ya tiene el alta medica pero por este seguro "personal" si se quiere tomado por su empleador.
Necesita que esta aseguradora le pague la incapacidad que le quedó el cual tvia no sabemos de cuanto sera, y luego ir por su empleador porque le esta pagando salarios caidos y es el sosten de su casa y no puede perderlo en esta instancia.
Que me dicen conviene hacer?..intimar a seguro entregue poliza?,,porque desconocemos los terminos..que plazo manejan estos seguros para expedirse sobre incapacidad, idem art?..
desde ya les agradezco por su tiempo