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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #828556  por jeanvaljean02
 
Salió este proveido:

"---Atento el estado de autos, póngase los mismos a disposición de las partes para alegar, por el término de 6 días, plazo que comenzará a partir de la notificación ministerio legis de la presente (conf. art. 51, inc. c de la ley 1504).-"

No se si hay que estar al art. 482 del CPCC y son 6 días para cada letrado, o como será. Por ahi alguien me ayuda, gracias
JV
 #828575  por Squonk
 
Es raro el proveido, porque el art. citado (51 inc c) se refiere a la vista de causa.
 #828682  por jeanvaljean02
 
Si, gracias Squonk, mirá, en la vista de causa no se alegó y se ve que entonces se hace por escrito.
 #828755  por Squonk
 
Entonces aplicarán el sistema del 482 CPCC.
Tenés los seis días
 #828799  por Squonk
 
Aplicándose el 482 CPCC. el plazo es común, así que podés presentarlo el último día
Saludos