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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #827373  por DrJack
 
Hola a todos

Estoy mas perdido que perro en bote asi que solicito ayuda.
Tengo un caso de un cliente de 30 años de edad con un accidente in itinere , con un porcentaje de discapacidad permanente del 30%, segun legista,ya vamos a juicio, el tema es que me parece que no estoy haciendo bien la formula.
El sueldo promedio del año era de 1700 pesos, multiplicado por 53, por el porcentaje de discapacidad que es el 30, por el coeficiente que surge dividido por el coeficiente de 65 sobre la edad, me termina dando 5.856.500,00, y el tope seria 5.400.000, puede ser que la formula arroje semejante saldo? Se agradece ayuda y si se gana juicio se promete botella de champagne de primera categoria al forista que me ayude je.
Nos vemos.
 #827378  por IVANNAOC
 
Hola. 53 x 1700 x 2,16 (65/ 30) x 0,3 (30 / 100) = $ 58.384,80
Este es el calculo que a mi me sale, si alguien mas puede ayudar y que opine si estoy errada o no, que lo haga.
Saludos !
 #827431  por agentil
 
IVANNAOC escribió:Hola. 53 x 1700 x 2,16 (65/ 30) x 0,3 (30 / 100) = $ 58.384,80
Este es el calculo que a mi me sale, si alguien mas puede ayudar y que opine si estoy errada o no, que lo haga.
Saludos !
A mi me da 58.565. Esta bien como lo haces. Ahora te hago una consulta, porque pones 1700$ como un promedio?? yo pido la inconstitucionalidad del ingreso base y en la formula pongo el sueldo bruto del trabajador a la fecha del accidente. Seguramente va a ser mucho mayor.
La ART te va a poner el ingreso base y vos pedi el sueldo bruto.

saludos!!
 #827710  por DrJack
 
Ahora entendi cual era mi error! de bestia mandaba el porcentaje como numero entero y no la division, menos mal que fui abogado y no matematico, entonces me rinde mas ir por la inconstitucionalidad por que a puntaje de discapacidad me rinde mas llevarlo a los valores del fuero civil, ya se me hacia raro un monto tan lindo jaj, gracias colegas nos vemos!.
 #827779  por ebarreyro
 
Hubiera sido un monto lindo si no fuera por el sueldo. Ojo que al ser in itínere, no le conviene pedir la inconstitucionalidad, porque el empleador no tiene -salvo que se de un insólitos casos- responsabilidad civil.
 #827782  por agentil
 
ebarreyro escribió:Hubiera sido un monto lindo si no fuera por el sueldo. Ojo que al ser in itínere, no le conviene pedir la inconstitucionalidad, porque el empleador no tiene -salvo que se de un insólitos casos- responsabilidad civil.
Coincido, no va la reparacion integral cuando es in itinere. Va solo la formula.

saludos!!
 #828040  por MORGAN
 
cuando fue el accidente -fecha-?. pregunto porque el sueldo es muy bajo y hace poco que hubo una modificación que eliminó el tope de la LRT.
 #828312  por dr.cwebb
 
Hola que tal, atento que no podes pedir la reparación integral dado que es un initinere, te conviene pasar en este caso por las comisiones medicas. Te comento esto porque yo cerre un caso con tuyo con ese porcentaje que indicaste.

Saludos