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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #827340  por gusgus
 
ebarreyro escribió:Claramente, el expediente no ha sido llevado hasta el final, sino que se resolvió la incompetencia en la primera oportunidad procesal: cuando fue contestado el planteo de incompetencia claramente interpuesto por la demandada.
El tema de los honorarios es adecuado a la escala. Si el juicio es de 500.000, se regula por incidente el 30% de entre 8% y 25% del monto. 18.000 es el 3,6% del monto del juicio. Ello sin perjuicio del beneficio de gratuidad.
Habría que ver cómo está trabada la litis. No corresponde a mi entender el desglose de las actuaciones y el reinicio en la justicia de capital, puesto que la litis está trabada, y luego de la pérdida de la cuestión de incompetencia, tendríamos una litispendencia. Lo que corresponde es la remisión, salvo que el juicio tenga tales falencias que convenga el desistimiento y el reinicio, previo pago de costas de corresponder.
coincido en un todo