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Consultas sobre pensiones, jubilaciones, aportes y todo lo relacionado al Derecho Previsional
 #826342  por nicolprc
 
Estimados,

Estoy por iniciar un tráimite de jubilación ordinaria. Mi cliente tiene 20 a y 6m de serv c aportes reconocidos en expte prev y por certif de servicios. Compre el resto mediante el SICAM.
La liquidación de deuda final, me dio en un pago de contado $720. Ya envie el plan, imprimi todos los papeles requeridos para dicho trámite, pero al imprimir el formulario 558/a me surge "liquidación de deuda" $19.200, no se refleja el plan que mande. Esto es asi o debo anular el plan y volver a liquidar?
Los periodos que compre son 06/63 al 12/67 a los que le aplique el art. 38 de la ley 24241
12/1972 al 12/1973 y finalmente 12/88 al 12/92 a este ult periodo aplique el art. 3 de la ley 24476.
Los 18 años los cumplio en mayo del 1963.
Necesito urgente respuesta para saber si esta OK o si debo modificar algo o anular el plan.
Agradecere vuestros comentarios.

saludos
 #826506  por nicolprc
 
Me decia q la deuda era de 900 aprox. Pero como se iba a pagar de contado quedo en 720 pesos. Solo le compre un año cat 408.
Me desconcierta q el form contiene la liquidac de deuda original y no lo del plan. Agradecere tu pronta respuesta.
 #827827  por arielruiz86
 
nicolprc escribió:Estimados,

Estoy por iniciar un tráimite de jubilación ordinaria. Mi cliente tiene 20 a y 6m de serv c aportes reconocidos en expte prev y por certif de servicios. Compre el resto mediante el SICAM.
La liquidación de deuda final, me dio en un pago de contado $720. esto lo que se llama sicam 2 (para diferenciarlo sel sicam 1) Ya envie el plan, imprimi todos los papeles requeridos para dicho trámite, pero al imprimir el formulario 558/a me surge "liquidación de deuda" $19.200, no se refleja el plan que mande. Esto es asi o debo anular el plan y volver a liquidar? Es la deuda a valores historicos del sicam 1, es decir, sin las facilidades del plan de pagos de regularización ley 24476 (sicam 2) simplemente obvialo...
Los periodos que compre son 06/63 al 12/67 a los que le aplique el art. 38 de la ley 24241 no es muy usual este beneficio a decir de comentarios generalizados de foristas aunque para mi no debiera haber problema (si esta en el sicam para algo es...)12/1972 al 12/1973 y finalmente 12/88 al 12/92 a este ult periodo aplique el art. 3 de la ley 24476.
Los 18 años los cumplio en mayo del 1963.
Necesito urgente respuesta para saber si esta OK o si debo modificar algo o anular el plan.
Agradecere vuestros comentarios.

saludos