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  • DEMANDA 24557 PERO CITAN A EMPLEADOR

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #824980  por alejandra01
 
Hola chicos. Inicié mi primer demanda contra una art por reparación integral. Mi cliente no quería ir contra el empleador porque sigue trabajando. Pero el juzgado aceptó la citación del empleador al juicio, aunque me opuse a ello
Ahora bien. No tengo la contestación del empleador todavía porque me aviso el casillero el viernes a la tarde.
Pero que es lo que usualmente se contesta al empleador???. Mejor dicho: debo contestar la contestación de demanda del empleador?..porque yo no lo cité en el juicio..no me interesa afectarlo porque mi clienta sigue trabajando...O no contesto nada y que se ocupe la ART de contestarle para desligar responsabilidades?
bueno, gracias a quienes puedan ayudarme...
 #825474  por sonicobcn
 
alejandra01 escribió:Hola chicos. Inicié mi primer demanda contra una art por reparación integral. Mi cliente no quería ir contra el empleador porque sigue trabajando. Pero el juzgado aceptó la citación del empleador al juicio, aunque me opuse a ello
Ahora bien. No tengo la contestación del empleador todavía porque me aviso el casillero el viernes a la tarde.
Pero que es lo que usualmente se contesta al empleador???. Mejor dicho: debo contestar la contestación de demanda del empleador?..porque yo no lo cité en el juicio..no me interesa afectarlo porque mi clienta sigue trabajando...O no contesto nada y que se ocupe la ART de contestarle para desligar responsabilidades?
bueno, gracias a quienes puedan ayudarme...
Hola, primero decirte que la demanda no es por la LRT sino por el CC, ya que estas pidiendo la reparacion integral, y justamente eso dado el caso me parece un error, si tu cliente no queria de ninguna forma afectar al empleador se tendria que haber demandado a la ART en base a la LRT, ya que de esa manera esta excluido el empleador al 100%, ya se que con una indemnizacion menor, pero si el trabajador quiere continuar bien en su empleo es la unica manera.
La defensa del empleador será clasica, negara todo y expondra que él ha cumplido con toda la normativa de tipo legal a su cargo, intentara rechazar la citacion oponienod como defensa seguramente la excepcion de falta de leg. pasiva, pero en definitiva como se esta reclamando en base al CC no va a prosperar y sera parte en el juicio.
Saludos
 #825483  por alejandra01
 
muchas gracias. Entiendo lo que me decís. Lo que quisiera saber es si tengo que contestar la contestación del empleador o no. Yo no le veo sentido, porque no fue a él a quien demandé. Igual no importa si le extienden responsabilidad porque mi clienta no tiene mucho para trabajar con él por la edad y sus dolencias. Mi duda es si tengo o no que contestar ese traslado, o lo dejo pasar...
de nuevo gracias por responderme en un finde largo...
 #825515  por eltam88
 
Te van a dar traslado, y debés evacuarlo como cualquier responde(segundo traslado laboral). Indefectiblemente si te oponen excepción de falta de legitimación debes contestarla, además para poder responsabilizar a la ART por responsabilidad integral debes demostrar que en el ámbito laboral no estaban dadas las condiciones de seguridad, es decir que el empleador incumplía con las normativas se seguridad e higiene.
 #825523  por sonicobcn
 
eltam88 escribió:Te van a dar traslado, y debés evacuarlo como cualquier responde(segundo traslado laboral). Indefectiblemente si te oponen excepción de falta de legitimación debes contestarla, además para poder responsabilizar a la ART por responsabilidad integral debes demostrar que en el ámbito laboral no estaban dadas las condiciones de seguridad, es decir que el empleador incumplía con las normativas se seguridad e higiene.
Una vez mas coincido con eltam al 100%, ademas si no contestas el traslado de la contestacion la vas a consentir, y en esa contestacion te van a decir que la empresa cumplia las normas de seguridad e higiene, por lo tanto si o si vas a tener que contestar.
Saludos
 #825748  por MORGAN
 
estaba cantado que iban a citar a la empleadora. no van a aquerer pagar solos ó después iniciar una acción de regresión contra el empleador. te hicieron un favor. como alguno dijo, para evitar la citación tenías que haber reclamado solo por la LRT y solo contra la ART. tendrás que desconocer documentación si es que presentan alguna o no. dependerá del caso y contestar el traslado o no, etc., va a ocupar el lugar de un demandado más, que es diferente a la citación de un tercero en garantía por ej. como ocurre con las aseguradoras. no todos los tribunales ó juzgados dan la misma interpretación a la citación de un tercero.
 #826037  por alejandra01
 
bueno, la verdad la contestación del empleador tiene una negativa de todo y acusa las dolencias de mi clienta a esfuerzos realizados en su casa. Lo que no puede probar porque no se hicieron nunca exámenes periódicos ni el preocupacional. Por lo tanto dudo sobre si debo responder o no el traslado.Aunque pudieran probar situaciones de su casa, no se eximirían porque no hay exámenes médicos de parte del empleador ni de la art.
Y no contestar de mi parte no estaría consintiendo..o sí???...
me parece repetitivo tener que ratificar los dichos de la demanda...que opinan?
excepciones no opusieron...
 #826071  por eltam88
 
El mismo es para referirse a la documental que agrega la demandada o para ampliar prueba respecto de los nuevos hechos.
Coloca que ratificás lo dicho en el escrito de demanda y luego fijate si se dan los supuestos por los cuales te dan traslado(carga) y te expedis de corresponder.
 #826073  por eltam88
 
Suelo poner:

"Tenga en cuenta V.E que el no efectuar una negativa pormenorizada de los hechos alegados por la demandada no debe ser tenido como reconocimiento de tales, pues como V.E sabe en esta etapa del proceso el actor no tiene la carga de reconocer ni negar los hechos expuestos por el accionado en su escrito de contestación, y el traslado de referencia se da al solo efecto de que el actor amplié su prueba exclusivamente con respecto a los nuevos hechos introducidos por el demandado".