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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #824155  por marirosario
 
HOLA NECESITO AYUDA!! TENGO INICIADO UN JUICIO LABORAL EL TEMA ES QUE ME COMUNICA MI CLIENTE QUE LA EMPRESA FUE VENDIDA, Y CERRADA, COMO SIGO? AHORA TENGO ORDENADO UN EMBARGO DE LOS BIENES DE LA EMPRESA PERO CUANDO VAYA EL MARTILLERO LE VAN A DECIR QUE NO ES MAS ESA EMPRESA, NECESITO UNA MANO NO SE COMO SEGUIR PARA ASEGURAR EL CREDITO DE MI CLIENTE, MUCHAS GRACIAS!!!!!
 #824347  por ebarreyro
 
Debe iniciar el proceso por extensión de responsabilidad: a la adquirente (228 LCT) y a los socios gerentes o administradores de la exempresa (54 LSC). Si es en Capital, existe un boletín temático de jurisprudencia, donde explicita qué sala permite que sea por incidente en el mismo proceso y cuál exige una acción autónoma.
 #824392  por andresxeneizes
 
ebarreyro escribió:Debe iniciar el proceso por extensión de responsabilidad: a la adquirente (228 LCT) y a los socios gerentes o administradores de la exempresa (54 LSC). Si es en Capital, existe un boletín temático de jurisprudencia, donde explicita qué sala permite que sea por incidente en el mismo proceso y cuál exige una acción autónoma.
desconozco la jurisprudencia, pero pregunto el 228 se aplica aqui cuando la transferencia se produce una vez extinto el contrato de trabajo?
 #824430  por eltam88
 
andresxeneizes escribió:
ebarreyro escribió:Debe iniciar el proceso por extensión de responsabilidad: a la adquirente (228 LCT) y a los socios gerentes o administradores de la exempresa (54 LSC). Si es en Capital, existe un boletín temático de jurisprudencia, donde explicita qué sala permite que sea por incidente en el mismo proceso y cuál exige una acción autónoma.
desconozco la jurisprudencia, pero pregunto el 228 se aplica aqui cuando la transferencia se produce una vez extinto el contrato de trabajo?
Si hay transferencia si, son créditos que pasan a la que adquiere.
 #824625  por gaby1973
 
Hola, yo en un juicio laboral tengo sentencia contra los demandados (empleadores), pero la empresa se vendio, para hacer la extension de responsabilidad, ya que los nuevos dueños no fueron demandados originariamente debo si o si probar el fraude o simplemente por el hecho de ser nuevos adquirentes responden por las deudas contraidas por los dueños anteriores...estoy un poco confundida con el tema...gracias!!
 #824967  por eltam88
 
Podés reclamar contra los nuevos dueños siempre que haya habido transferencia de establecimiento. Fijate por extención, hablalo en el tribunal.
 #825738  por andresxeneizes
 
Ros escribió:fALLO BAGLIERI creo que es, fijate
me habia olvidado de este fallo, pero es tal cual dice la colega aqui.

cito el parafo trasncendente para el tema que dice lo siguiente

"No encuentro ningún elemento que permita sostener que es un requisito esencial la subsistencia del contrato al momento de la transferencia, para tornar operativa la solidaridad y ni siquiera la literalidad de la norma permite una interpretación restringida"
 #825891  por turiddu
 
El dictamen de Alvarez en "Baglieri", allí esta la respuesta. Saludos cordiales.
 #826083  por alejandra01
 
que bueno verlo de nuevo por aquí Doc!!. Siempre me ha ayudado mucho cuando empecé a trabajar...Eso sí: noto que me cambió su avatar. :roll: ..
saludos!.
turiddu escribió:El dictamen de Alvarez en "Baglieri", allí esta la respuesta. Saludos cordiales.
 #827708  por turiddu
 
alejandra01 escribió:que bueno verlo de nuevo por aquí Doc!!. Siempre me ha ayudado mucho cuando empecé a trabajar...Eso sí: noto que me cambió su avatar. :roll: ..
saludos!.
turiddu escribió:El dictamen de Alvarez en "Baglieri", allí esta la respuesta. Saludos cordiales.
Y cuánto me alegra, querida Alejandra, que me recuerdes con ese dulce cariño. De mi parte, como siempre, quedo a total disposición en lo que puedas considerar menester. Un fuerte abrazo y alegría mayúscula por tus palabras y por la remembranza.

OTROSI DIGO: en verdad, la foto de Don Hugo del Carril estaba tornándose sepia, por lo que la subrogué por la del eximio tenor Franco Corelli. *foto*
 #827789  por agentil
 
gaby1973 escribió:Hola, yo en un juicio laboral tengo sentencia contra los demandados (empleadores), pero la empresa se vendio, para hacer la extension de responsabilidad, ya que los nuevos dueños no fueron demandados originariamente debo si o si probar el fraude o simplemente por el hecho de ser nuevos adquirentes responden por las deudas contraidas por los dueños anteriores...estoy un poco confundida con el tema...gracias!!
Yo creo que en el caso no tenes que demostrar fraude alguno, sino que simplemente yo pediria oficio a IGJ para que informe sobre la trasnferencia del establecimiento y demas datos. Con los datos del comprador y por imperio del plenario baglieri extendes la respeonsabilidad contra esta ultima, por responsabilidad solidaria.

saludos!!