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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #822744  por aj
 
Hola colegas. Inicie un reclamo por un despido en el SEclo, el hombre trabajaba en provincia de Buenos aires, pero como ademas el reclamo incluia un accidente de trabajo y la ART tiene dom en capital, lleve todo al SECLO. El punto es que con posterioridad a mi inicio consignan judicialmente liquidacion final. Mi idea es continuarlo en provincia y plantear la reconvencion en la consignacion. Pero me falta un demnadado (un tercero con responsabilidad solidaria en los terminos del art. 30 LCT). Como lo cito a la consignacion??. Recionvengo y luego demando al te4rcero, lo cito como tercero art. 94??? Estoy medio enredada. Que me recomiendan??? desde ya muchas gracias
 #822752  por MORGAN
 
no tenés otra salida. si reconvenís tenés que citarlo como tercero no podés demandarlo directamente.
 #822782  por aj
 
Morgan, que otra opcion se te ocurre??? Porque he visto jurisprudencia donde dice que no me seria favorable con la citacion de tercero