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  • ART. 2 25323

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #822468  por NORAESTELA
 
Hola,
aquí me encuentro estudiando (como siempre) el tema del artículo del asunto.
Tengo un caso de despido incausado, el empleador al liquidar la indemniz del 245 y preaviso cometió el error de realizar las retenciones, y además tengo diferencias en los cálculos de la remuneración base del cálculo.
Mi duda es si se aplica la multa del articulo, (50% sobre los rubros indemnizatorios) en este caso en el que se pago parcialmente y si se aplica solamente en las diferencias impagas.
Es raro...a mi me parece que buena fe no hubo aquí, el contador no puede ignorar que estos rubros se liquidan sin retenciones...
Sigo investigando, pero me gustaría saber alguna opinión de mis colegas.
*leo* :roll:
 #822762  por MORGAN
 
sí. solo por las diferencias que adeuda.
 #822781  por sanjuanino
 
convengo con Morgan.