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  • Accidente laboral de incapaz

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #820470  por suntsu
 
Hola a todos! Les comento el siguiente caso, en el que tengo varias dudas, pues no soy especialista en laboral.
Mi cliente es un muchacho de 30 años que sufre un retraso mental (no declarado judicialmente). (Me visito acompañado de su padre). El muchacho trabajo 9 años en una cerealera con un sueldo de aproximadamente $700 y hace un año se accidento, generándose una incapacidad definitiva del 10% según comisión medica (donde fueron derivados por la ART antes de venir a verme).
Mi primera duda es: El muchacho esta citado para el miércoles 28 presentarse en la ART. Entiendo que ofrecerán una indemnización. Yo en los pocos casos que e tenido demandé directamente sin pasar por comisión medica. Por tanto mi duda es como hacer para que este muchacho cobre esos pesos que le ofrecerá la ART sin configurar una aceptación total. (Nunca fui a una ART para arreglar un caso de estos).
Mi segunda duda es como encarar el tema del abuso que sufrió este muchacho. Imagínense un joven con capacidades diferentes, que trabaja de estibador de bolsas de cereales y al que le pagaban $700 aproximadamente por mes. Mi primer idea es mas allá de lo civil o laboral, iniciar una acción penal. Alguien tiene doctrina o jurisprudencia o paso por un caso parecido?
Desde ya muchas gracias!
 #820937  por MORGAN
 
para los casos de enfermedades y accidentes del trabajo es indispensable tener la certeza del porcentual de incapacidad laboral que afecta al trabajador para poder reclamar y no incurrir en errores. para eso necesitás un informe médico. buscá un legista y pedile un informe. desde ahí arrancás. si cobra y hay una diferencia atractiva para un nuevo reclamo podés demandar la diferencia y para eso es fundamental la pericia médica. fue in itínere?; es trabajo agrario o no -va por la LCT ó por el estatuto-?, esto último es porque decís que trabajó. o sea no trabaja más?, que pasó con el empleo? ó todavía está con licencia ó lo despidieron?. aún si el vínculo se extinguió está a tiempo de reclamar las diferencias de sueldos por los períodos no prescriptos. por el asunto penal no va a funcionar, el lugar más sensible es el bolsillo.
 #821204  por suntsu
 
Morgan: Primero gracias por contestar. Respecto de tus preguntas te comento: El tema del porcentual y le legista lo conozco porque lo he realizado. El accidente fue descargando bolsas de cereal de un camión (se le cayo una pila de bolsas encima). Todavía trabaja y esta con licencia. El trabajo es agrario (si no me equivoco con el nuevo estatuto se aplica la LCT)
Aclaro un poco más mi consulta: Yo espero (quizás me equivoco) que la ART haga una oferta de indemnización según la tarifada de la LRT. En ese caso la ART tomara como base el sueldo que cobraba ($700 más o menos) y una de mis dudas es si puedo tomar como base el mínimo de la escala salarial que es de $2750. Por otra parte se que todo arreglo en sede administrativa no hace cosa juzgada. Pero mi duda es si debo aceptar la oferta de pago haciendo alguna salvedad o protesta que me deje abierta la posibilidad de reclamar judicialmente la diferencia.
Nuevamente gracias por responder !Un abrazo!