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  • computo de antigüedad

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #816742  por paola3
 
Buenos dias,
Quisiera saber cómo se efectúa el cómputo de antigüedad (tanto para la licencia por vacaciones como para el cálculo de una eventual indemnización) en el siguiente caso:

Ingreso en actividades administrativas bajo el régimen de relación de dependencia en Octubre 2000,
desvinculación por renuncia del trabajador en Diciembre 2005.
Luego inicio de nueva relación laboral en la misma empresa en Febrero 2007, también bajo el régimen de
relación de dependencia pero en actividades profesionales (y no administrativas).
Se suman los períodos?

El cambio de actividad tiene incidencia en ello?

Muchas gracias.
 #816805  por juanbte
 
Hola paola3.
Si, se suman los dos periodos.
01/10/2000 al 30/12/2005 = 5 años y 3 meses, dias mas dias menos
01/02/2007 a 30/03/2012 = 5 años y 2 meses, dias mas dias menos
Antiguedad total: 10 años y 5 meses... 11 años...
Hace todas las cuentas "como si hubiera entrado" en noviembre de 2001 y nunca se hubiera ido.

El cambio de actividad no tiene incidencia ya que es a las ordenes del mismo empleador. Sea cual fuera la tarea que desempeñe.
Saludos.