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  • Art 231 Preaviso del trabajador

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #816535  por Ruben2010
 
Saludos a los profesionales del Foro
Les hago la siguiente consulta respecto de un trabajador que renuncia sin previo aviso.
Ejemplo, envía carta documento el mismo día que renuncia, es este caso el dia 10.
¿Como sería su liquidación final?,
es decir los conceptos y forma de cálculo respecto de la indemnización que le corresponde dar el Trabajador al Empleador mencionada el artículo 231 LCT
Desde ya muchas gracias por cualquier comentario que arroje luz sobre el tema.
 #816594  por eltam88
 
Paga los días de preaviso omitido, pero que no sea rata el empleador y se deje de joder con querer cobrarle. Todavía le va a salir demandando el empleado por algún que otro rubro adeudado.
 #816602  por Ruben2010
 
eltam88, muchas gracias por responder.
Te comento que al trabajador no se le adeuda nada, y por otro lado el empleador no tiene conocimiento de este artículo, obviamente que la ausencia repentinca del trabajador le causa un contratiempo.
Yo no soy abogado, no obstante a los fines prácticos me gustaría conocer cómo se aplicaría en una liquidación final este artículo, sabiendo que no renunció al finalizar el mes sino apenas a los 10 días.
Agradecería si me ayudan en este sentido. Muchas gracias
 #816609  por eltam88
 
Te comento que este foro es para abogados y estudiantes, es necesario que cualquier cuestión de tal índole sea tratada por abogados, caulquier error al respecto puede traer grandes complicaciones.