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  • queda configurado el abandono de trabajo?

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 #814545  por eltam88
 
Reiteradamente ha dicho esta Corte que el << abandono>> de << trabajo>> en los términos de la referida norma, no se configura cuando el trabajador responde a la intimación cursada por el principal exponiendo los motivos de su ausencia que, justificados o no, revelan su intención de no << abandonar>> el contrato de << trabajo>> (conf. causas L. 76.799, "Ortiz", sent. de 16VII2003; L. 60.918, "Cardinalli", sent. de 16XII1997).
 #814552  por eltam88
 
Esta es la doctrina de la SCBA.

El abandono de trabajo en los términos del art. 244 de la Ley de Contrato de Trabajo no se configura cuando el trabajador responde a la intimación cursada por el principal exponiendo los motivos de su ausencia que, justificados o no, revelan su intención de no abandonar el contrato de trabajo.
LEY 20744 Art. 244
SCBA, L 60918 S 16-12-1997 , Juez NEGRI (SD)
CARATULA: Cardinalli, Héctor Augusto c/ Club Náutico Mar del Plata s/ Indemnización por despido
MAG. VOTANTES: Negri-Salas-Pettigiani-Laborde-Hitters
TRIB. DE ORIGEN: TT0100MP
SCBA, L 76799 S 16-7-2003 , Juez NEGRI (SD)

CARATULA: Ortiz, Rosa Viviana c/ Nappa, Carlos s/ Despido
MAG. VOTANTES: Negri-Salas-de Lázzari-Soria-Roncoroni
TRIB. DE ORIGEN: TT0003SM
 #814596  por fertwo
 
Coíncido con lo que dice hexametro,está bien lo que dice el fallo, pero todo depende de los hechos del caso. No sólo las ausencias no están justificadas por el trabajador, sino que además reclama que se lo registre en una categoría que no existe en el convenio, que se registre una fecha de ingreso falsa, porque en dicha fecha trabajaba para otra empresa y reclama, además, el pago de una quincena que se le abonó entregandole el recibo respectivo, cuya copia firmada por el trabajador obra en poder del empleador. Esto demuestra su actitud de no querer volver a trabajar!! Por eso considero que hacer efectivo el apercibimiento no fue apresurado.
Saludos!!
 #814733  por eltam88
 
Si litigas en prov. el criterio de la SCBA es que si no guarda silencio el empleado es dificil que te den la causal de abandono de trabajo.
La clave esta en la palabra "intención de no abandonar el contrato de trabajo" es decir en la interpretación de ello.
 #814848  por matias256
 
Fertwo, todo depende cual es la orientación del juzgado o tribunal que te toque. Y si el caso es de la prov. de Bs. As. la realidad es que en la vista de causa te presionan para que concilies, más allá de que tengas o no razón. Saludos.
 #814907  por fertwo
 
Hola matias256! Tenés razón, todo depende del juzgado o tribunal que te toque. El caso en cuestión es de capital, así que veremos que sucede, lo mas probable es que se concilie.
saludos!
Gracias a todos por sus aportes, está muy bueno intercambiar conocimientos, opiniones y distintas interpretaciones, todo es de gran utilidad!!
Saludos para todos!! :D