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  • 2 ACCIDENTES EN UNA MISMA DEMANDA

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 #813265  por agentil
 
Tengo un cliente que se accidento trabajando (se cayo de la escalera). Lo operaron y cuando estaba haciendo rehabilitacion, mientras se retiraba de la clinica lo dejaron solo y se cayo en la vereda.

La pregunta es como tomo a la segunda caida? como in itinere o como accidente de trabajo? Vale remarcar que en la 1era se rompio una rodillo y en la 2da se rompio la otra rodilla.

La CM le dio incapacidad por los dos accidentes, pero yo ahora estoy demandando a la ART por reparacion integral, entonces no se como valuarlo ya que la 2da caida me genera duda en cuanto a si le puedo pedir reparacion integral. que opinan??

saludos!!!
 #813288  por eltam88
 
La segunda sería vía civil y busca responsabilizar al médico o quién descuidó al paciente, si ello correspondía. Si la vereda esta en mal estado o lo que fuere anda contra la clínica.
¿se denunció el segundo accidente?
 #813404  por agentil
 
eltam88 escribió:La segunda sería vía civil y busca responsabilizar al médico o quién descuidó al paciente, si ello correspondía. Si la vereda esta en mal estado o lo que fuere anda contra la clínica.
¿se denunció el segundo accidente?


Si, por eso puse que la comision medica dio incapacidad por ambas rodillas, o sea, tomo ambos accidentes como laborales.

Volviendo al juicio, la demanda la estoy haciendo como si fuera todo laboral, ya que si la art se da cuenta, de ultima el 2º accidente va a ser indemnizado solamente por la formula de la LRT, entendes? que opinas eltam?

abrazo!!!
 #813456  por eltam88
 
¿Con el segundo accidente al narrar los hechos que vas a decir? Inmediatamente surgirá que no es laboral. Me cuesta entenderlo, si bien la ART lo trató como laboral, cuando llegué a la justicia no va a ver fundamentos para tratarlo así.
Eso entiendo agentil, ¿entendés porque te lo digo?
Al segundo si lo podés arreglar por fuera del ámbito de la justicia sería mejor.
 #813470  por agentil
 
eltam88 escribió:¿Con el segundo accidente al narrar los hechos que vas a decir? Inmediatamente surgirá que no es laboral. Me cuesta entenderlo, si bien la ART lo trató como laboral, cuando llegué a la justicia no va a ver fundamentos para tratarlo así.
Eso entiendo agentil, ¿entendés porque te lo digo?
Al segundo si lo podés arreglar por fuera del ámbito de la justicia sería mejor.
SI te entiendo yo pienso igual que vos, pero lo raro de esto es que la comision medica lo incluyo. Es mas en el dictamen describe cada uno de los hechos que derivaron en cada lesion de ambas rodillas y le da incapacidad por cada uno de ellos, le dieron 27% y la ART ya le pago sin chistar.

Encima ya prescribe el 14 de este mes.

gracias eltam!!!