Tengo un cliente que se accidento trabajando (se cayo de la escalera). Lo operaron y cuando estaba haciendo rehabilitacion, mientras se retiraba de la clinica lo dejaron solo y se cayo en la vereda.
La pregunta es como tomo a la segunda caida? como in itinere o como accidente de trabajo? Vale remarcar que en la 1era se rompio una rodillo y en la 2da se rompio la otra rodilla.
La CM le dio incapacidad por los dos accidentes, pero yo ahora estoy demandando a la ART por reparacion integral, entonces no se como valuarlo ya que la 2da caida me genera duda en cuanto a si le puedo pedir reparacion integral. que opinan??
saludos!!!
La pregunta es como tomo a la segunda caida? como in itinere o como accidente de trabajo? Vale remarcar que en la 1era se rompio una rodillo y en la 2da se rompio la otra rodilla.
La CM le dio incapacidad por los dos accidentes, pero yo ahora estoy demandando a la ART por reparacion integral, entonces no se como valuarlo ya que la 2da caida me genera duda en cuanto a si le puedo pedir reparacion integral. que opinan??
saludos!!!
