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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #812830  por Beto
 
HOLA, colegas, pregunta si un plo,ero se cae en un domicilio particular, done presta servicios, a su vez contratado por un 3º, el fuero que corresponde por las lesiones sufridas pertenec a laboral o civil?
Aclaro que el trabajo era no registrado y no tenian ningún tipo de medida de seguridad.
 #812843  por eltam88
 
Si es trabajador va por el fuero laboral, reclamarías las prestaciones de la LRT contra el empleador.
 #814345  por Beto
 
Hola GRACIAS por responder, no tien art, se uede iniciar por vía civil por daños y perjuicios o tengfo que iniciar un laboral, y aplicar en forma solidaria a la propietaria


eltam88 escribió:Si es trabajador va por el fuero laboral, reclamarías las prestaciones de la LRT contra el empleador.
 #814427  por eltam88
 
En la vía civil, sin considerar que entre las partes hay contrato de trabajo, la prueba no va a ser nada facil, vas a tenber que probar el nexo causal que te permita responsabilizar al dueño de la casa. Ej piso resbaladizo que hizo actuar al mismo como riesgoso.
Si partís de la base que es un contrato de trabajo si o si la competencia es del fuero laboral, el empleador por no tener ART es responsable de las prestaciones que prevé la LRT 24.557
 #814436  por MORGAN
 
a la propietaria no. vas a pagar las costas. generalmente son locaciones de obra. no hay relación de empleo a no ser que el constructor lo tenga como empleado.
 #815793  por Beto
 
Hola, ok civil no porque es muy difícil probar, en el fuero laboral, me decís Morgan que a la propietaria no, pero este es un plomero que a su vez fue contratado para trabajar en ese inmueble, por un supuesto "contratista", que no lo tenía registrado, como así tampoco tenía ninguna medida de seguridad. Le iniciaría al contratista y a la propietaria en forma solidaria, ya que la misma le dio la orden para que suba al 2º piso y arreglara un caño, este piso una moldura pensando que era de material y no era, cayéndose a la planta baja, obviamente "quedo hecho percha", esta muy mal de la cabeza ya no coordina lo que dice, le cuesta mucho hablar. El contratista no tiene un peso, vive en pensiones y se va cambiando continuamente porque lo echan de todos lados, mi pregunta la propietaria no es solidariamente responsable?
 #815808  por eltam88
 
Si el que lo contrato es el dueño de la casa hay locación de obra. Tenés que ir por la vía civil y tratar de responsabilizarlo probando los presupuestos de la responsabilidad civil.
Lee ley 22.250 y te vas a dar cuenta porque el dueño de la casa no es empleador.
 #815809  por eltam88
 
El empleador es el contratista. Respondí sin haber leido toda la consulta. Igual respecto del dueño de la casa sigo con la postura supra mencionada.
 #815864  por Beto
 
Bunisimo, ya la lei, y si no entendi mal te refris al art. 32 de la ley 22.250, entonces voy por vía civil, ya que ningúno estaba registrado
 #815869  por eltam88
 
No, te lo dije para que sepas quien es el empleador. Tenés que ir por la vía laboral contra el empleador y si queres ir contra el dueño de la casa por la vía civil si se dan los presupuestos.
 #817059  por Beto
 
eltam88 escribió:No, te lo dije para que sepas quien es el empleador. Tenés que ir por la vía laboral contra el empleador y si queres ir contra el dueño de la casa por la vía civil si se dan los presupuestos.
ok, gracias