Les pregunto, en el articulo 3.1.1 donde enumera lo que es el conductor. dice que tiene que tener registro habilitante, ahora pregunto mi cliente en el momento de ser transportista tenia un carnet de conducir trucho,, les pregunto, si saben si esto me puede jugar en contra en el juicio, siendo que mi cliente era tranportista y lo tenian anotado como de la construcción conocen algún fallo? donde no sea necesario el resgitro habilitante? o alguien que me pueda orientar en esto
