Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • prescripcion

  • De lectura libre.
    Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
De lectura libre.
Para publicar un mensaje, regístrese gratuitamente.
 #809904  por cconade
 
Hola a todos
Tengo una duda, la accesión de posesiones si o si tienen que ser herederos?, es decir yo por ejemplo tengo dos cesiones de derechos posesorios por escritura publica, la primera escritura se realizo en el año 1998 y éste estuvo en posesión hasta el año 2004 y cede a otro que tiene la posesión hasta hoy.-
el primero poseyó 6 años el segundo 8 años se puede adjuntar las dos cesiones para hacer la prescripción breve?
 #809924  por Mordisco
 
Para unificar las posesiones con miras a adquirir el dominio por la usucapión (art 2476, 4015 y 4016, C. Civil) no basta con adjuntar un instrumento público (cesión de derechos y acciones posesorias) para acreditar la traslación de la posesión del primer poseedor (en nuestro sistema la mera manifestación de haber recibido la posesión no opera eficazmente en la transmisión, conf art 3265 C. Civil).

Si bien es cierto que resulta indispensable que exista entre ambas posesiones un nexo jurídico (contrato de cesión) se deberá acritar además el hecho de la posesión suya y la del cedente.

Hay que tener en cuenta que si una de las posesiones es de mala fe, esa misma calificación corresponderá a la que se le agregue (art. 4005 Cód. Civil).

De todos modos, a quien poseyó el inmueble durante 10 años, puede convenirle sumar su posesión a la de su antecesor para completar los veinte años necesarios para la usucapión larga, sin importarle la buena o mala fe de su autor. El tema reviste un interés especial sólo cuando se trata de la usucapión breve, ámbito en el que es necesario.

Los requisitos de la procedencia para la unión de las posesiones es tratado en el código civil, en las notas de los arts. 2475/6 del C. Civil. (enseñanzas de Molitor)
 #809925  por cconade
 
gracias Mordisco por tu respuesta, en tu opinion con respecto al tema que plantee, procedera la usucapion breve si se prueba la buena fe de los dos poseedores?
 #809926  por Mordisco
 
¿Tiene justo titulo y buena fé?...
 #810000  por danigross1
 
Para mi no procede la prescripcion decenal, porque el boleto no es justo titulo, independientemente de la buena o mala fe.-
 #810020  por cconade
 
si Mordisco tienen ambos justo titulo y buena fe...es decir: la cesion de derechos posesorios por escritura publica tienen los dos el que poseyo 6 años y el poseyo 8 años, salvo que yo este entendiendo mal el justo titulo...y la buena fe tambien la tienen.-
 #810152  por Mordisco
 
Titulo justo es aquel que está de acuerdo con la ley o mejor es el acto en virtud del cual una cosa entra al patrimonio de una persona y que se ha realizado siguiendo los mandatos que prescriben los cánones legales, con la conciencia de esta persona de que estos cánones se han cumplido a cabalidad.

Cesion de Derechos posesorios mediante escritura publica (Tiene los requisitos de FORMA- Escritura Publica- pero carece de requisitos de FONDO -Por adquirirlo de un trandens o transmitente que no es TITULAR REGISTRAL) no es justo título.
 #810157  por cconade
 
gracias por tu respuesta.-
 #810167  por cconade
 
Por lo tanto procederá la veinteñal...haciendo la sumatoria de todas las cesiones que tengo..
Que opinas asi si va a proceder?
 #810200  por Mordisco
 
El nexo jurídico estaría representado por las cesiones de acciones y derechos posesorios, ahora faltaría acreditar dos puntos importantes, el punto de partida del computo de los 20 años y todos los hechos posesorios del cedente y cesionario.
 #810530  por Mordisco
 
Disculpame Dany, pense que formulaste una afirmación, tenés razón, la opinión mayoritaria de la doctrina (en contra Borda, y si mal no lo recuerdo tb Salvat y López de Zabalia, despues confirmo) y creo unánime de la jurisprudencia, entiende que el boleto no es justo titulo
 #810548  por cconade
 
gracias Mordisco por tu ambalidad
Saludos
 #810623  por Mordisco
 
Vengo a corregir un error involuntario, Salvat ni López de Zavalia consideran justo titulo al Boleto de compraventa, que tirón de orejas me hubiesen pegado.