Hola a todos los distinguidos foristas.
Me consultaron por el siguiente caso que queria poner a vuestra consideracion.
Un trabajador (encargado de edificio), luego que termina con su horario laboral tiene otro trabajo en el cual ya se ha accidentado dos veces (accidente de trabajo), lo que le impide cumplir normalmente con sus labores como encargado. Interviene una ART, quien se hace cargo de los salarios por su otro empleo. En relación al consorcio (mi cliente), como no fue a su respecto accidente laboral, debe seguir pagandole el sueldo por lo que los copropietarios quieren ver la posibilidad de echarlo con causa.
Como ven el tema?
Tienen que pagarle el sueldo?
Rigen los plazos de accidente inculpable?
Lo pueden echar con causa?
Desde ya muchas gracias por vuestra dedicación.
Es un tema que me tiene muy preocupado y no se que respuesta darle a mi cliente.
DOCTORLEGO
Me consultaron por el siguiente caso que queria poner a vuestra consideracion.
Un trabajador (encargado de edificio), luego que termina con su horario laboral tiene otro trabajo en el cual ya se ha accidentado dos veces (accidente de trabajo), lo que le impide cumplir normalmente con sus labores como encargado. Interviene una ART, quien se hace cargo de los salarios por su otro empleo. En relación al consorcio (mi cliente), como no fue a su respecto accidente laboral, debe seguir pagandole el sueldo por lo que los copropietarios quieren ver la posibilidad de echarlo con causa.
Como ven el tema?
Tienen que pagarle el sueldo?
Rigen los plazos de accidente inculpable?
Lo pueden echar con causa?
Desde ya muchas gracias por vuestra dedicación.
Es un tema que me tiene muy preocupado y no se que respuesta darle a mi cliente.
DOCTORLEGO
