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  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #806550  por NORAESTELA
 
Hola colegas,
apelo a la pericia de ustedes, los que tienen más experiencia:
La duda es la siguiente: me consulta un cliente sobre su situacion laboral, y me dice que trabaja para una empresa de marketing haciendole trabajos que duran de 1 a 2 días, que le dan de alta para contrato a plazo fijo por esos días y también en la art, y luego lo vuelven a llamar, misma modalidad.
Mi pregunta es:
dado que el contrato a plazo fijo debe darse por escrito, es viable uno por dos días?
además, repetir la modalidad cada vez que le dan un trabajo?...
la verdad, se parece a una locación de obra....pero la pagina de la afip dice que se encuentra en relacion de dependencia con esta empresa.
No sé, disculpen, pero necesito una orientación sobre como empezar a encararlo
Algun alma caritativa.... :roll: :?:
 #807059  por matias256
 
Hola,cada vez que trabaja la contratan nuevamente????. Es raro lo que hacen. Saludos.
 #807330  por NORAESTELA
 
matias256 escribió:Hola,cada vez que trabaja la contratan nuevamente????. Es raro lo que hacen. Saludos.
HOLA Matias, sí, es como decís...muy raro...por eso quedé desconcertada.
No creo que encuadre en contrato a plazo fijo, porque nunca firmó ningun contrato, y ese es un requisito de validez en ese tipo de contrato, pero en afip aparece por ej los meses de agosto y setiembre con poquitos días en cada uno, y en enero nuevamente, con pocos días. Le dicen que para cada trabajo lo dan de alta y baja...
Me parece que nada de lo que están haciendo está bien, y que el contrato es a plazo indeterminado...
Ahora, no sé como quedan los meses que están en blanco...
Voy a ver si consigue que le den el alta temprana para ver como lo anotaron...
muchas gracias por colaborar!... *flor*
 #807343  por matias256
 
Hola, es la primera vez que escucho que en un empleador hace eso. Además no sé porque lo encuadró en una relación laboral si puede ser una locación de servicios.
Además para ser un contrato a plazo fijo hay reglas que hay que cumplir, como la de preaviso (si es más de un mes). Es un lindo tema como para arriesgarse e intentar algo novedoso, no se vé todos los días. Saludos.
 #807414  por NORAESTELA
 
matias256 escribió:Hola, es la primera vez que escucho que en un empleador hace eso. Además no sé porque lo encuadró en una relación laboral si puede ser una locación de servicios.
Además para ser un contrato a plazo fijo hay reglas que hay que cumplir, como la de preaviso (si es más de un mes). Es un lindo tema como para arriesgarse e intentar algo novedoso, no se vé todos los días. Saludos.
Hola Matías,
no sé a qué te referís con "algo novedoso", por supuesto que tu inquietud me pone a pensar...
vos decís algo desde nuestra posición del trabajador?
hasta ahora no se me ocurre nada, pero ni bien consiga los papeles y vea de que modo lo inscribieron, voy a comentarlo aquí.
Y por supuesto si encuentro algo novedoso también.
*leo*
Gracias por tus comentarios! *flor*
 #807448  por matias256
 
NORAESTELA escribió:
matias256 escribió:Hola, es la primera vez que escucho que en un empleador hace eso. Además no sé porque lo encuadró en una relación laboral si puede ser una locación de servicios.
Además para ser un contrato a plazo fijo hay reglas que hay que cumplir, como la de preaviso (si es más de un mes). Es un lindo tema como para arriesgarse e intentar algo novedoso, no se vé todos los días. Saludos.
Hola Matías,
no sé a qué te referís con "algo novedoso", por supuesto que tu inquietud me pone a pensar...
vos decís algo desde nuestra posición del trabajador?
hasta ahora no se me ocurre nada, pero ni bien consiga los papeles y vea de que modo lo inscribieron, voy a comentarlo aquí.
Y por supuesto si encuentro algo novedoso también.
*leo*
Gracias por tus comentarios! *flor*
Hola, con "algo novedoso" me refiero que al no ser algo común, podés intentar cualquier camino y fundamentarlo bien. Después, como siempre, será el juez el que decida. Pero no tenés ni fallo ni doctrina como para guiarte porque no es normal que un empleador utilice esa modalidad de contrato de esa manera.
Es interesante, a medida que vayas encontrando más información compartila.
Saludos y suerte.