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 #802873  por investigando25
 
HOLA FORISTAS QUERIA SABER SI ALGUIEN ME PUEDE REVISAR EL CALCULO DE UNA ENFERMEDAD PROFESIONAL , PASO LOS DATOS
fecha de nacimiento: 7-5-1954

fecha enfermedad: 21-12-2011
porcentaje incapacidad: 10% aproximado, no lo vio el médico todavia ,
sueldo bruto: $ 7350.09 (es camionero y tiene rubros no remunerativos como viaticos , pernoctadas , por $ 2500 ) SE INCLUYEN EN el calculo?
por LRT :
7350.09 x 53 x 10% = 38955.47
38955.47 x 1.62 (65/40) = 63.103.87 LES da lo mismo ?
y sabeN la formula Mendes? tenes la planilla del coeficiente del 4% de interes anual?
o como haceN el calculo cuando vaN por la accion civil? CUANTO PIDEN EN BASE A ESTOS DATOS ?
 #803205  por IVANNAOC
 
Hice la cuenta y esta bien.
Yo, solo incluyo lo remunerativo, para el calculo.
Hago la formula y pido eso por indemnizacion, mas daños y perjuicios economicos sufridos. Espero haberte ayudado.
 #803354  por Le26
 
Para calcular la formula Vuotto/Mendez yo utilizo la web de fojas0, que tiene para hacer el cálculo on line. Saludos
 #803618  por investigando25
 
Gracias Le26 ,por pasarme ese dato, ya lo calcule , te pregunto que parece que la tenes reclara, este fallo también lo puedo invocar en pcia de Bs. As. , porque como también tengo el despido estoy en la duda porque me queda mas comodo iniciarla en Pcia. , y ademas queria saber porque por la formula Vuotto habia un calculo que se hacia por daño Moral, en el fallo Mendez ya esta todo incluido o además puedo agregar algo por daño moral ? y que porcentaje le calculo? hay alguna base ? y me da una diferencia barbara entre la LRT $ 63.000 y Mendez: $ 260.029.- es tan abismal la diferencia. bueno gracias, por todo es mi primera enfermedad que va para juicio.