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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #799314  por Yamil2010
 
Si a un trabajador lo despiden el 2 de enero sin que se haya tomado las vacaciones que le correspondían por haber laborado el año inmediato anterior de manera completa, al momento del despido, como se calculan las vacaciones proporcionales del 150 y 156, solo los dos días de enero efectivamente trabajados o los días del año anterior. de la primera forma solo le corresponde 50 pesos y de la segunda forma mas de 1200.
Agradecería la respuesta ya que tengo este caso a medias y me está comiendo la cabeza.
 #799395  por eltam88
 
Reclamá el monto de las vacaciones no gozadas y el proporcional del año entrante.