Portal de Abogados

Un Sitio de Ley 

  • Ley 26476. Blanqueo de relacion laboral.

  • Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #785604  por natalia3114
 
Hola a todos, espero me puedan ayudar ya que estoy muy confundida. Mi pregunta es si esta ley de blanqueo 26476 interrumpe la prescripción de la acción. Esto porque tengo un señor que quiere reclamar por negro pero no se si ya está prescripto. depende sobre todo si esta ley interrumpe el plazo...desde ya muchas gracias...
 #786066  por pepecurdele
 
no entiendo que quiere reclamar tu cliente
 #786073  por eltam88
 
Trata de aclarar tu consulta.
La prescripción es por 2 años, ¿desde cuando? Eso va a depender que reclamás.
 #792278  por natalia3114
 
lo que quiere reclamar el el art. 9 de la ley 24.013. Gracias a los que me respondieron, y si me pueden guiar, para mí ya está prescripto, pero la ley que da la pròrroga me confunde...gracias.
 #792280  por GU
 
La relacion laboral esta vigente o no? Si esta vigente, podes intimar por la 24013, sino no.

Si estas hablando de una relacion que ya se extinguio y en su momento se hizo el intercambio, tenes para reclamar 2 años desde que se extinguio la relacion laboral (6 meses mas si hicieron SECLO).

Trata de dar informacion mas clara del caso, vas a recibir mejores respuestas.

Salutes!
 #792409  por Sofia2013
 
Hola! Es como dice Gu, y de no estar prescripto...Podes reclamar, por el Art. 1° 25345/25323.

Pero depende, si, tuviste SECLO, si remitiste intercambio...etc...

Bueno, a tu disposición...amplia, y seguramente, vamos a poder ayudarte. Un cariño grande!! Sofi. :P
 #792432  por agentil
 
natalia3114 escribió:Hola a todos, espero me puedan ayudar ya que estoy muy confundida. Mi pregunta es si esta ley de blanqueo 26476 interrumpe la prescripción de la acción. Esto porque tengo un señor que quiere reclamar por negro pero no se si ya está prescripto. depende sobre todo si esta ley interrumpe el plazo...desde ya muchas gracias...
No prescriben las multas de la 24013, eso sí, tendrías que haber intimado al fecto y enviado también a la afip conforme el art. 11 de la 24013.

saludos!
 #792449  por eltam88
 
Como te dice agentil, primero ver si la relación está vigente, si es así y cumplis con el 11 24013 vas a poder reclamar.