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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #789177  por Sur
 
HOLA! ME LLEGO UN CASO EN EL QUE LA PERSONA TUVO UN ACCIDENTE DE TRABAJO Y FUE ATENDIDO POR ART. EL ACCIDENTE FUE EN LA MANO DERECHA Y ES DIESTRA. EL TEMA ES QUE LA ART LE ESTA POR DAR EL ALTA MEDICA PERO NO LO ESTA BIEN RECUPERADO. PUEDO DEMANDAR PARA QUE LO INDEMNICE? INDEPENDIENTEMENTE QUE QUIERA CONSERVAR SU TRABAJO Y NO INICIE JUICIO LABORAL?
 #789211  por Arbeiter
 
Si podes, la demanda la haces directamente a la ART, la empleadora ni se entera, salvo que tu cl no esta recuperado y haya diferencias entre los días de reposo otorgados por su médico y el laboral.
 #789301  por Sur
 
ok. Eso, se lo tengo que preguntar. La demanda la inicio como daños y perjuicios? Estoy muy desorientada, disculpame. Nunca inicie este tipo de demanda pero algun dia tengo que aprender, sino me estanco profesional y economicamente. Desde ya te agradezco tu gran ayuda porque sea lo que sea me das una gran mano.
 #789838  por Sur
 
una ayudita mas ... hoy vino mi cliente. Está siendo atendido por la art. Que me recomiendan? espero que lo traten por el accidente? o ya voy a un perito medico para que me decrete una incapacidad?

2. por otro lado, espero que la art me diga el grado de incapacidad? y luego voy a la comision medica?

Como es el tema? la verdad, esta bastante complicado, tuvo ocho puntos en la mano derecha y fractura de dedo anular de la misma mano, cerca de los nudillos.

Que dicen?
 #790192  por Sur
 
alguien que me oriente un poquito??
 #790922  por MC245165
 
Sur escribió:alguien que me oriente un poquito??
primero espera que se pronuncie la ART y que fije el grado de incapacidad, de ahi si no estas de acuerdo con el porcentaje otorgado, apelas y va a la comision medica central, recien ahi demanda previa compulsa del baremo o bien con certificado medico, sino sabes de donde sacar el baremo ingresa a http://www.csjn.gov.ar/cmf/baremos.html.

de donde sos? te consulto por que si es tu primer demanda contra la ART, y no sos de capital, tenes que pedir la declaracion de inconstitucionalidad del art. 46 LRT para que intervenga el juez provincial , de lo contrario tenes que ir a la justicia federal.
saludos
 #791140  por Sur
 
gracias Mc la verdad me re sirve lo que me decis ... soy de lomas de zamora, pcia. de bs. as..- O sea que espero que se pronuncie la art y si no estoy de acuerdo con la incapacidad, voy a un medico legista y cuando sepa el porcentaje que me dice apelo ante las comisiones medicas? lo del baremo no se bien como es ... pero me voy a fijar en el link que me mandas y cualquier cosita te vuelvo a consultar si?
 #791931  por MC245165
 
Sur escribió:gracias Mc la verdad me re sirve lo que me decis ... soy de lomas de zamora, pcia. de bs. as..- O sea que espero que se pronuncie la art y si no estoy de acuerdo con la incapacidad, voy a un medico legista y cuando sepa el porcentaje que me dice apelo ante las comisiones medicas? lo del baremo no se bien como es ... pero me voy a fijar en el link que me mandas y cualquier cosita te vuelvo a consultar si?
Si SUR es asi, igual hay muchos puntos a tener en cuenta para demandar a la ART, es asi tal cual primero que se manifieste la ART xq puede ser que te digan que es enfermedad inculpable, o un porcentaje menor al real, y esto te sirve para la demanda

si es porcentaje inferior ya vas a tener el informe medico para adjuntar como documental , ahora en caso de que consideres apelar no presentes el original del medico con la documental de la apelacion, presenta copia y manifesta que el original queda a disposicion, sino despues tu cliente va a tener que realizar el examen nuevamente y una vez que la comision medica se pronuncie fijate si tu cliente tiene consolidada la lesion, osea si la incapacidad se estanco o evoluciono, si evoluciono conseguite otro certificado medico con la nueva incapacidad, para demostrar en la demanda que la incapacidad es progresiva.

ahora una vez que tengas la incapacidad, saca el calculo de la ley de riesgo, xq es aconsejable que lo tengas presente para ver cuanto ofrece la ART y si es lo fijado en la ley de riesgo, vas a tener que pedir a tu cliente que te lleve los ultimos 13 recibos de sueldo previos al accidente, con eso calculas es ingreso base (art. 12) y sacas el importe a reclamar con el grado de incapacidad que vas a tener certificado o en base al baremo, y la edad de tu cliente al momento del accidente.
no te olvides de plantear la inconstitucionalidad del art 46 ( competencia federal) , y fijate si al momento de presentar demanda tu cliente tuvo algun aumento salarial si es asi, plantea inconstitucionalidad del art. 12 y acompaña recibos actuales,
bueno cuando llegue el momento lo vemos
un beso maria