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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #789959  por vaneiure
 
Hola mi pregunta es la siguiente, vino a a verme un cliente que hace dos meses renuncio a una verduleria ubicada en cap fed en la cual trabajo aproximadamente 3 meses en negro. Me pregunta si puede reclamar algo a lo que consteste que obviamente que no corresponde indemnizacion ya que el renuncio, tampoco procede una accion por empleo no registrado ya que la ley exige que el reclamo se curse mientras se desarrolla la relacion laboral. Para mi solo corresponde proporcional de sac y vacaciones. Mi duda es si antes de recurrir al seclo corresponde que lo intimemos por telegrama o si directamente tramito la causa ante el seclo? Quedo a la espera de orientacion. Saludos
 #789963  por Arbeiter
 
Hola! Intima por telegrama. Para ir a instancia administrativa tenes que haber agotado esa via primero.

(Perdón, perdón, al menos así es en Córdoba... No quiero meter la pata, pero entiendo que es igual)
 #789976  por eltam88
 
Utiliza el telegrama e intima por todo aquello que no tenga que ver con la extinción del vínculo. Es decir dif salariales, sac adeudados y todo otro rubro que se te imagine. ¿Igual al ser trabajador en negro como renuncio?

Da más datos,pues se podría intimar como si nunca hubire renunciado y hacer de cuenta que vinculo sigue vigente. Recorda que la renuncia solo por telegrama o anbte ministerio de trabajo, lee la LCT.
 #789979  por vaneiure
 
Hola hace casi tres meses que renuncio, un dia se enojo con su empleador y no fue mas lo que configuraria un abondono de puesto de trabajo, el tema es que recien ahora me vino a buscar por eso considero que no puedo intimar como si la relacion laboral aun existiese
 #789996  por eltam88
 
Entonces no renuncio nada.
Te queda o intmar ante despido verbal y perder multas 24013 o intimar como si relación estaría vigente por la 24013, la otra parte que va a hacer, pensa, que te va a decir, te va a negar la relación laboral, no te va a decir que trabajaba y se fue.
En base a ello luego demandás o recurris a la intancia administrativa obligatoria que en capital lo es.
Pero lo que jamás debes hacer es hablar de renuncia, ni abandono de la relación laboral.