Hola. tengo un caso de una gente que me viene a ver porque tienen a su empleada domestica que les trajo una licencia por enfermedad de algo en la espalda x 30 días y ahora les trajo otra licencia x días. Los certificados son de un kinesiologo. La empleada debe tener 47 años y trabaja con ellos desde los 17. La blanquearon recien en el 2001. Estuvo cama adentro muchos años pero desde que esta en blanco cumple un horario pero duerme de prestada en una casa que le presta el empleador. El tema es que la empleada le dice que por ahi le dan licencia como x 8 meses y mi cliente no quiere saber nada con pagar 8 meses sin que le trabajen.
Mis dudas: 1)El decreto habla de lic. x 30 dias y si se pasan se puede despedir sin indemnización. Mi cliente ya estaria en condiciones de hacer eso entonces verdad??? se aplica también al personal con retiro como este caso??? supongo que si por analogia sino que es lo que se aplica al personal de retiro??
2) igualmente mi cliente quiere pagarle algo. Para servicio domesticocabria acuerdo en el ministerio o presentación judicial o hay que ir al tribunal de serv. domestico??? me gustaria que quede homologado.
3) Que recomiendan que haga???? Gracias
Mis dudas: 1)El decreto habla de lic. x 30 dias y si se pasan se puede despedir sin indemnización. Mi cliente ya estaria en condiciones de hacer eso entonces verdad??? se aplica también al personal con retiro como este caso??? supongo que si por analogia sino que es lo que se aplica al personal de retiro??
2) igualmente mi cliente quiere pagarle algo. Para servicio domesticocabria acuerdo en el ministerio o presentación judicial o hay que ir al tribunal de serv. domestico??? me gustaria que quede homologado.
3) Que recomiendan que haga???? Gracias
