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  • trabajo en negro y concurso de la empresa

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 #775881  por ppp
 
bs tardes foristas,
tengo una duda en el caso de un trabajador que no está registrado y la empresa donde trabaja está en concurso.... estoy en lo cierto si a fin de presentar el crédito del trabajador , en 1° lugar tengo que hacer que sea recoonocido por el empleador..?para ello es correcto si lo intimo para un seclo para efectuar reclamo por la 24013 y una vez que tenga acta cerrada de mediación me presento en el expdte del concurso...? O puedo direcatmente presentarme en el expdte del consurso...?? como sería...?

en el caso en que procesalmente hubiera finalizado el plazo para presentar el reclamo de mi cliente , que recurso puedo usar...?
Desde ya muchas gracias!!!!!
 #775958  por aspero
 
Los acreedores de créditos laborales tienen dos opciones, solicitar el pronto pago (Art. 16 LCQ) o verificar credito. Estas dos opciones según mi creterio van a corrar la misma suerte negativa. LA primera de las opciones porque se trata de un crédito litigiono, hay que demostrar la relación laboral, la segunda devido a que el síndico va a declarar inadmisible el crédito por no haber documentación que acredite la condición de acreedor de tu cliente y tampoco se encontrará el mismo denunciado por el empleador. El SeCLO inicialo, no para presentarte en la quibra con el acta de cierre porque seguro será sin acuerdo y eso no acredita nada. Lo mas conveniente en tu caso es iniciar el juicio laboral lo antes posible, recordá que la sentencia que obtengas tendras que presentarla dentro de los 6 meses de que quede firme, sin importar si se vencio el plazo para verificar, sería una verificación tardía. Si se te pasaron los plazos para el juicio laboral, sonaste.
 #786833  por Valeriabronst
 
aspero escribió:Los acreedores de créditos laborales tienen dos opciones, solicitar el pronto pago (Art. 16 LCQ) o verificar credito. Estas dos opciones según mi creterio van a corrar la misma suerte negativa. LA primera de las opciones porque se trata de un crédito litigiono, hay que demostrar la relación laboral, la segunda devido a que el síndico va a declarar inadmisible el crédito por no haber documentación que acredite la condición de acreedor de tu cliente y tampoco se encontrará el mismo denunciado por el empleador. El SeCLO inicialo, no para presentarte en la quibra con el acta de cierre porque seguro será sin acuerdo y eso no acredita nada. Lo mas conveniente en tu caso es iniciar el juicio laboral lo antes posible, recordá que la sentencia que obtengas tendras que presentarla dentro de los 6 meses de que quede firme, sin importar si se vencio el plazo para verificar, sería una verificación tardía. Si se te pasaron los plazos para el juicio laboral, sonaste.


Disculpame te hago una consulta al respecto de este tema. Cuando inicio la demanda de pronto pago la solicito como cualquier demanda común, sin hacer alusión necesariamente al concurso existente del empleador?

Desde ya agradezco tu respuesta.