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  • Despido sin causa-antes trabajo en negro

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #780068  por MARCO82
 
Hola, tengo un caso en el que una persona trabajo primero 4 años en negro. Despues lo blanquearon.
Ahora lo despiden sin causa y obviamente lo pagan la indemnizacion por el tiempo trabajado en blanco.
Como se reclama el periodo trabajado en negro antes?
Gracias, saludos
 #780595  por MARCO82
 
Gracias Gu y Matías.
Me quedan un par de dudas:
1) La ley 25323 art. 1 duplica la indemnización por despido, pero me surge una duda: ¿que indemnización duplica la que le pagan cuando lo despiden por el tiempo trabajado en blanco o la que le correspondería por toda la relación laboral?

2) El trabajador en blanco estuvo 8 años y 3 años más en negro. Acá por lo tanto varían las vacaciones que le corresponden, porque le indemnizan 21 días pero deberían ser 28 pues superó los 10 años de antigüedad. Esto lo reclamo también en el telegrama?

3) Se notifica el 31/10 el despido y dice liquidación a disposición, el trabajador no firma la liquidación porque no sabia si estaba bien ¿es necesario que la firme para que se la depositen???, porque si no es necesario se podría pedir también la indemnización del art. 1 de la ley 25323 ya que no se depósito todavía.
Gracias, saludos.
 #780677  por eltam88
 
La pregunta 1) duplica por toda la relación, eso si lo que ya te pagaron se descuenta.

Pregunta 2) si.
La pregunta 3 reclamá la multa art 2 ley 25323.
 #781215  por GU
 
Vos tenes que hacer la liquidacion en base a toda la antiguedad y las reales caracteristicas de la relacion. No importa cuanto estuvo en blanco o en negro, lo haces por el total.

Luego, le restas lo que le abonaron por el periodo en blanco.

Luego a la indemnizacion por antiguedad por toda la antiguedad, aplicas el art. 1 de la 25323.

Por ultimo, sobre todo, aplicas el art. 2 de la 25323.

No hace falta que el trabajador firme el recibo para que se lo depositen, ya sea via bancaria o judicial.

Salutes!
 #781969  por MARCO82
 
GRACIAS GU Y ELTAM!
Entonces por ejemplo, si la persona trabajo 10 años, 5 en blanco y 5 en negro. Promedio de sueldo $1.000 mensuales. Lo despiden y le pagan los 5 años en blanco, o sea $5.000.
1) Le deberían haber pagado en realidad $10.000. O sea que le adeudarían $5.000.
2) Y por el art. 1 ley 25.323 le deberían abonar $10.000 mas.
3) Y por el art. 2 el 50% de lo que se debe por antiguedad, preaviso e integración mes de despido (por la totalidad de la relación laboral en blanco y en negro), o sea que si esto en total es $20.000, serían $10.000 mas.
Reclamo por lo tanto que se le abone los items 1, 2 y 3. Es asi????
Gracias y buen fin de semana!
 #781983  por eltam88
 
Si, no sigas buscándole vueltas. Se paga por lo que trabajó realmente no por lo que lo registraron, eso si debes probarlo.
 #785222  por MARCO82
 
Ya envíe telegrama por indemnización de la ley 25321, obviamente contestaron que no correspondía y que la indemnización fue percibida de plena conformidad por el trabajador, ya que este la firmó y no hizo reserva o asentó disconformidad alguna. Esto ultimo incide en algo???
Gracias, saludos