Estimados,
La consulta es la siguiente: En caso de renuncia del trabajador, opera el ejercicio de la licencia diaria del art. 237 LCT? O sólo se aplica en el caso de que el preaviso lo curse el empleador?
Yo voy por el trabajador. Muchas gracias!
La consulta es la siguiente: En caso de renuncia del trabajador, opera el ejercicio de la licencia diaria del art. 237 LCT? O sólo se aplica en el caso de que el preaviso lo curse el empleador?
Yo voy por el trabajador. Muchas gracias!
