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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #782240  por gitanali09
 
Buenas a todos. Les cuento que en poco tiempo tendre mi primer audiencia de vista de causa y quisiera contactarme x mensaje privado con alguno de ustedes que tenga experiencia en el tema, para sacarme algunas dudas. No es que no conozca el procedimiento, pero quiero desestructurarme un poco y consultar algunas cosas...
Gracias!!!
 #782268  por KCBOLO
 
Cuáles son tus contracturas..? a ver si puedo aportar algo...!!!! Saludos.-
 #783187  por gitanali09
 
Hhaha bueno estoy toooooda contracturada... jejeje el tema es que me gustaria asesorarme un poco sobre como se desenvuelve, a donde apuntar en referencia a los testigos (por ejemplo: yo voy por la demandada. La actora presenta a vecinos del comercio de mi cliente donde supuestamente trabajo la persona que le hace juicio) yo entiendo que su testimonio es relativo por muchas cuestiones.
Entonces:
En que momento cuestiono la validez de los testimonios? cuando finaliza la audiencia hacemos los alegatos? ahi? Tengo que pedir se desestime la pericia contable xq la impugne dos veces, la perito rectifico una, la segunda tampoco esta bien..
A estas cosas me refiero... Quizas sean obvias, quizas esten en el codigo, pero quisiera que alguien me describa un poco la realidaaaaaadd haaaaaaaaaahhh
Y preguntas del estilo... :shock:
 #785307  por gitanali09
 
Aca van dos preguntas:

1.- En provincia, es muy común que se utilice el careo de testigos? o no es habitual....
2.- El alegato, es importante? le dan bola? conviene hacer algo corto y escueto y explayarse...
 #785323  por ataale
 
Hola gitanili09 yo uve mi primer audiencia de vista de causa en septiembre, casi muero, pero al final se llego a un acuerdo antes de entrar. fijate en el buscador que hay mucho dato al respecto, que a mi me sirvió en septiembre. Saludos y suerte!!
 #785413  por flux
 
1.- En provincia, es muy común que se utilice el careo de testigos? o no es habitual....
Si el tribunal huele que alguien miente lo puede hacer. Vos tambien podes pedirlo, pero quedas sujeto a que el tribunal te lo permita. En general lo permiten, siendo esa la razon por la que no suelen desdoblar las audiencias en varias, porque si lo hacen pierden la posibilidad del careo.
2.- El alegato, es importante? le dan bola? conviene hacer algo corto y escueto y explayarse...
En general le dan poca bola, si es un caso complejo vale la pena que lo hagas con lo principal, pero mas bien corto (no te pongas como el abogado de Carrascosa a hablar del pituto por mas de dos horas y citar a jurisconsultos romanos porque despues de reputean y te tiran a matar)

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Si alguna cosa te parece importante podes pedir que conste en acta (eso te permite luego meter algun extraordinario con base cierta, porque lo que pasa en la vista pero no se hace constar por escrito despues no es pasible de fundar al recurso porque ya la corte no va a verlo y nadie sabe si paso o como paso)

Los jueces interrogan libremente, solamente vale la pena que vos interrogues si vez que los jueces dejan de lado alguna cosa que consideras importante. O si vez que los testigos de ellos declararon muy bien y necesitas hacerlos pisar con alguna contradiccion.

Fijate cuando los testigos por el actor declaren diciendo que conocen a la persona y desde cuando con que claridad recuerdan hechos pasados, lo comun es que digan que "se acuerdan que josesito entro a trabajar en marzo del 2005 y que limpiaba las mesas", preguntales que otros hechos del 2005 se acuerdan, como por ejemplo, que noticia politica importante paso en ese tiempo, etc; a ver si tienen la memoria tan clara para esos otros hechos y no solo para recordar que josesito empezo a trabajar en esas fechas. Tambien fijate de preguntarles en que contexto conocieron a josesito, si viven muy lejos del comercio que dicen que vieron a joesito, porque motivo fueron, si fueron a comprar que compraron, etc.
 #785945  por dhabogada
 
muy buenas las respuestas... y de gran utilidad porque me voy preparando para mi vista de causa... pero yo voy por la actora...
 #786091  por gitanali09
 
Muchas gracias por sus consejos me estan sirviendo mucho, la verdad es que es un caso muy complicado (que ni siquiera inicie) y algunos dirán que por qué lo hago si nunca lo hice, pero alguna vez es la primera....
Aqui va otra duda (no es que no entienda el orden en una audiencia y todoooo lo que dice el codigo, tampoco soy boba, pero a veces la expectativa y los nervios contenidos -ya que el cliente jamas debe darse cuenta- nos hacen cometer errores o decir huevadas asique por eso se los pregunto, so pena de quedar como una monga...)

De lo que escribieron infiero que cuando entran los testigos, una vez dichas las generales de la ley primero que nada interrogan los jueces? o lo hacemos los abogados y luego los jueces se explayan?
Esto vale tambien para las posiciones?
Tengo una testigo en particular, de la contraparte que tiene una marcada enemistad con mi cliente, o sea. entendo está dentro de las generales de la ley,... Puedo insistir sobre ese punto para excluirla?
En cuanto a las demas pruebas: solo se hace menciòn en el alegato? les comento porque impugne dos veces la pericial contable y la segunda vez, me dijeron que se dejaría de lado el asunto para la oportunidad del art. 41....

Finalmente: puede la contraparte solicitar que mi cliente reconozca cualquier documentaciòn que no fuera presentada hasta ese dia en el expediente?
 #786674  por flux
 
Interrogan primero los jueces y despues te dan el lugar para hacerlo. Nomas vale la pena si vez que los jueces no tocaron algun tema que consideras importante. Vale para posiciones y testigos.
Tengo una testigo en particular, de la contraparte que tiene una marcada enemistad con mi cliente, o sea. entendo está dentro de las generales de la ley,... Puedo insistir sobre ese punto para excluirla?
Como poder podes, pero tenes que dar fundamentos y pruebas concretas. Lo comun es que al momento de contestar el traslado hayas hecho la denuncia de ese tema. Si no lo hiciste, igual podes mencionarlo; que algun testigo tuyo cargue con el peso de mencionar ese tema, pero siempre que tenga una muy buena explicacion de "como lo sabe" o sino no solo no vas a excluir a ese testigo de la contraria sino que a los tuyos los van a considerar mentirosos.
Puede la contraparte solicitar que mi cliente reconozca cualquier documentaciòn que no fuera presentada hasta ese dia en el expediente?
No puede, y no creo que tenga manera factica de intentar hacerlo, porque como la vista es oral, los jueces no le van a aceptar que venga con "documental en mano" sino que si o si tiene que presentarla por escrito y previamente a la audiencia, a lo que se agrega ademas que meter documental nueva tiene que ser previo a la apertura a prueba.
 #786838  por gitanali09
 
Ok ,muchisimas gracias x todos sus consejos, realmente me han servido mucho. Seguramente me surgirán nuevas inquietudes... fundamentalmente lo que tiene que ver con el grado de "formalismo" de la audiencia: las preguntas se hacen de la misma forma que en civil? comenzando en los testigos con "para que diga si sabe y le consta...", etc, etc? los jueces mantienen esta fórmula? -a eso voy primordialmente-, en fin, es mi duda principal...
Muchas gracias nuevamente,.
 #786996  por Babop
 
Si puedo ayudarte en algo, te diría que no hagas tanto hincapié en las formas.

Las preguntas podés formularlas para mayor claridad "para que diga el testigo.... etc". Lo primordial es que puedas vencer el temor. La oralidad le da mucha más dinámica a esta parte del proceso. Por eso, es vital el consejo que aportó el colega flux (de gran aporte) respecto a dejar constancia en el acta. Si ante la declaración de un testigo consideras fundamental cierta frase, declaración o manifestación, pedí que quede constancia en el acta. Al finalizar te dan el acta y si nadie ha dejado constancia, se firma y luego se resolverá.
Si nunca has asistido a una vista de causa, y es tu primera fecha de audiencia, es muy probable que la misma no sea llevada a cabo por no estar los tres jueces. En el lapso de espera, alguien del Tribunal comenzará las gestiones para que lleguen a un acuerdo. Si llevás tus testigos y se fija una nueva audiencia, tené presente que los testigos que se hayan presentado si se incluyen en el acta (cosa común) habrán quedado notificados de la nueva audiencia.
Mucha suerte y andá tranquila que estudiaste para estar ahí!
Saludos,
 #789436  por gitanali09
 
Muchas gracias por tus consejos y los de todos!!! De verdad que me ayudan mucho. No soy de escaparle a las cosas y algun dia me tenia que tocar, es asi... pero si bien no estas exento de mandarte alguna, es genial poder preguntar...
*flor*