Buenas tardes a todos.
Quería consultarles por una persona que presta servicios en un establecimiento, y vive en una casa dentro del predio.
Estuve leyendo el art. 105 inc d), pero no me queda claro si en este caso podría considerarse pago en especie, con lo cual la empleadora podría deducir hasta un 20% del salario; o si por el contrario es beneficio no remuneratorio.
Necesito su opinión.
Gracias y saludos!
Quería consultarles por una persona que presta servicios en un establecimiento, y vive en una casa dentro del predio.
Estuve leyendo el art. 105 inc d), pero no me queda claro si en este caso podría considerarse pago en especie, con lo cual la empleadora podría deducir hasta un 20% del salario; o si por el contrario es beneficio no remuneratorio.
Necesito su opinión.
Gracias y saludos!
