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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #775780  por SABRIN
 
HOLA
TENGO QUE INICIAR UN BLSG EN UN LABORAL EN PROVINCIA BS. AS., QUISIERA SABER SI CON LA TESTIMONIAL ALCANZA O PIDO ALGUNA OTRA COMO INFORMES.-
ADEMAS HAY QUE ACOMPAÑAR EL INTERROGATORIO CON LAS RESPUESTAS O SOLO EL INTERROGATORIO Y SE FIJA AUDIENCIA PARA QUE DECLAREN LOS TESTIGOS?
GRACIAS
 #775785  por eltam88
 
En prov no es necesario en virtud del art. 22 ley 11653, equivale al BLSG.
 #775871  por SABRIN
 
ES TRABAJO EN NEGRO
 #775964  por aspero
 
Las leyes laborales establecen que el acceso a la justicia laboral es gratuito, inicia la demanda sin beneficio, no importa la naturaleza del reclamo, accidente, despido directo, indirecto, trabajador en negro, blanco o gris. Si sorteas un BLSG se te van a cagar de risa.
Saludos.
 #775969  por SABRIN
 
No no no, y te explico por que el beneficio establecido en el art. 20 lct y 22 ley 11653 es para TRABAJADORES, lo tienen solo los que trabajan en blanco, en caso de trabajo en negro, queda supeditado a la sentencia favorable, mejor dicho, si no probas la relacion laboral, no hay beneficio y pagas las costas.-
Gracias
 #775987  por eltam88
 
En prov de BsAs jamás lo vi, si queres hacelo, al no estar contemplado en la ley 11653 se rige por el CPCCBA.
 #776024  por aspero
 
Sabri, si vos ya la tenes clara para que preguntas?
El art. 20 LCT establece el principio de gratuidad. Dice en otras palabras que el trabajador gozara del beneficio de gratuidad en los procesos judiciales o porcedimientos administrativos.
Es por eso que las leyes de procedimiento laboral 11.653 P.B. o 18.345 adoptan ese criterio.
Una pregunta te hago, los trabajadores que trabajan en relación de dependencia sin que su contrato se encuentre debidamente registrado para vos ¿no son trabajadores?
Si fuera como vos decis en los juzghados nacionales tambien debería solicitarse el BLSG.
Si queres presenta el beneficio a ver que te contesta el juez. SI insistis en presentarlo en pcia podes acompañar las declaraciones de 3 testigos, el resto de la prueba sería igual que en un juicio civil, si es que para vos se aplica el CPCC.
Te repito, el BLSG no esta previsto en los juicios laborales.

Haceme caso, sortea la demanda laboral y nada mas.
 #776072  por SABRIN
 
ok aspero, te voy hacer caso, de ultima siempre estoy a tiempo, hasta la sentencia creo, de pedirlo.-
Siempre tengo miedo cuando trabajan en negro por las costas.-
la CSJB establecio que solo protege a quienes demuestren en juicio la existencia del vinculo laboral.-
Si bien es como vos decis casi nadi lo pide, hay colegas que me dicen que lo haga, por eso pregunto en este fora haber que opinan.-
una vez lo pedi, y en el primer despcho me invocan los arts. 20 lct y 22 ley 11.653, pedi revocatoria y me hicieron lugar con los fundamentos que antes te pase, pero todavia no me lo concedieron, la unica prueba que puse son testigos, por esos no se si es suficiente o no, entonces pregunto para ver en este caso nuevo si ponia otras pruebas o no.-
bueno espero esto sirva.-
gracias
 #776081  por eltam88
 
SABRIN escribió:ok aspero, te voy hacer caso, de ultima siempre estoy a tiempo, hasta la sentencia creo, de pedirlo.-
Siempre tengo miedo cuando trabajan en negro por las costas.-
la CSJB establecio que solo protege a quienes demuestren en juicio la existencia del vinculo laboral.-
Si bien es como vos decis casi nadi lo pide, hay colegas que me dicen que lo haga, por eso pregunto en este fora haber que opinan.-
una vez lo pedi, y en el primer despcho me invocan los arts. 20 lct y 22 ley 11.653, pedi revocatoria y me hicieron lugar con los fundamentos que antes te pase, pero todavia no me lo concedieron, la unica prueba que puse son testigos, por esos no se si es suficiente o no, entonces pregunto para ver en este caso nuevo si ponia otras pruebas o no.-
bueno espero esto sirva.-
gracias
Buen dato, en cuanto al BLSG hacelo como lo haces en civil, pues se rige por tal noma (CPCCBA). Habría que leer bien el tema de tal instituto, en cuanto a su fundamentación, ya que el trabaj no se vería impedido de acceder a la justicia, se veria perjudicado en caso de no acreditar el vinculo pues no sería trabajador y cargaría con las costas.
 #776134  por SABRIN
 
si eltman, es como vos decis, no estaria impedido de acceder a la justicia por que no paga tasa, ahora si no acredita el vinculo, cargaria con las costas. despues dependera de cada tribunal si permite que se ejecuten esas costas.
No se en la practica que eficacia tiene pedirlo o no.
 #776366  por aspero
 
Aunque la relación este registrada si pierde paga las costas.
 #776549  por eltam88
 
aspero escribió:Aunque la relación este registrada si pierde paga las costas.
Funciona como el BLSG, no paga, paga si mejora de fortuna.