Estimados Foristas en mi primer caso laboral me vienen a ver dos ex empleados de una importadora.
El primero renunció. fue acompañado al correo por una de las empleadoras, estaba registrado como administrativo pero funcionaba como un gerente hasta era el titular de las cuentas bancarias. Renunció hace apróx 2 semanas.
La segunda el caso es distinto, la despidieron verbalmente, le hice enviar el TLC pertinente y se olvido de poner piso y depto por lo cual volvió el tlc y el miércoles le llego la cd de despido sin causa.
La consulta son varias y las siguientes, los llevo a seclo en reclamo conjunto, o por separado?
Por otro lado, ambos casos serían por diferencias salariales? El primer caso reclamar los rubros devengados y caídos -hs. extra, incorrecta categorización) y el segundo caso idem más 245, sust. preaviso etc más multas?
Inicio seclo directo o en ambos casos envio tlc previo intimando?
Cert. art 80 leí bastante al respecto, pero un colega me dijo que son 2 días pese al decreto que prolonga el plazo a 30 días, como sería entonces, la jurisprudencia esta dividida o es unánime respecto de este tema.
Desde ya les agradezco los aportes!!!
El primero renunció. fue acompañado al correo por una de las empleadoras, estaba registrado como administrativo pero funcionaba como un gerente hasta era el titular de las cuentas bancarias. Renunció hace apróx 2 semanas.
La segunda el caso es distinto, la despidieron verbalmente, le hice enviar el TLC pertinente y se olvido de poner piso y depto por lo cual volvió el tlc y el miércoles le llego la cd de despido sin causa.
La consulta son varias y las siguientes, los llevo a seclo en reclamo conjunto, o por separado?
Por otro lado, ambos casos serían por diferencias salariales? El primer caso reclamar los rubros devengados y caídos -hs. extra, incorrecta categorización) y el segundo caso idem más 245, sust. preaviso etc más multas?
Inicio seclo directo o en ambos casos envio tlc previo intimando?
Cert. art 80 leí bastante al respecto, pero un colega me dijo que son 2 días pese al decreto que prolonga el plazo a 30 días, como sería entonces, la jurisprudencia esta dividida o es unánime respecto de este tema.
Desde ya les agradezco los aportes!!!
