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  • Seclo por reclamo Art 80

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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #767872  por Sandris
 
Estimados Colegas soy nueva en el foro , me surge una duda solicite seclo reclamando Art 80 , intime pasado los 30 días por 48 hs la entrega de los mismos , a mi cliente siempre le contestaron que los mismos estaban a disposición en la sede de la empresa, pues bien mi cliente me dice que fue a buscarlos y no se los entregaban. Mi duda es la siguiente si en la audiencia en Seclo hacen entrega de los certificados y la fecha de confección es anterior a mi reclamo, es decir, los tenían confeccionados en tiempo y en forma solo no los entregaron, procede la multa? debo recibirlos y listo o puedo reclamar la multa por haber hecho a mi cliente llegar a esa instancia
 #768400  por GU
 
Recibirlo podes recibirlo siempre. Deja constancia que se reciben en disconformidad, y que subsiste el reclamo por la multa Art. 80 LCT (para que quede expedita la via judicial).

Siempre es aconsejable reclamar como rubro el generico "diferencias salariales".

Salutes!