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  • Concursos y quiebras - Rehabilitación fallido

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 #619470  por claudiarf
 
Tengo una pregunta con respecto a este tema y agradeceré si alguien puede ayudarme.

El fallido ya fue rehabilitado, los oficios diligenciados e incluso se comunicó a Veraz su rehabilitación. Ahora bien, el fallido tenía el 50% de un auto que fue a subasta pero comprado en forma directa por el otro coopropietario. Las compra fue aceptada, el dinero depositado, pagado el martillero, cómo inscribo el bien a nombre del otro copropietario en el Registro ? Quién lo inscribe, es decir el síndico , el comprador? Algún modelito?

Muchas gracias
 #619909  por DoctorPiccafeces
 
Pedile al juez que libre un oficio al RNPA y lo anota el abogado del adquierente.
No tengo modelos a mano, pero supongo que este debería marchar:

SOLICITA INSCRIPCIÓN

Señor Juez:

Fulana de Tal, en mi carácter de apoderada de Mengano, manteniendo el domicilio constituído en autos y en este expediente "PERENGANO S/ QUIEBRA S/ INCIDENTE DE REALIZACIÓN DE BIENES" a V.S. digo:

Que atento a que mi mandante Mengano ha abonado el saldo de precio y la subasta del automotor dominio (...) ha sido aprobada, conforme dan cuenta las constancias de autos, solicito se libre oficio al RNPA informando la nueva titularidad del bien mueble registrable arriba indicado.

Proveer de Conformidad
SERA JUSTICIA

Exitos doc
 #723078  por arturodirektor
 
por favor recientemente me recibí y quisiera saber como hago para rehabilitar a un fallido que se le decreto quiebra fraudulenta la pena fue 2años de prisión en suspenso y inhabilitacion por 4años fue en 1998 ya tendría que haber prescripción fui al juzgado comercial hubo un pedido de rehabilitación pero no prospero quisiera saber que debo hacer muchas gracias
 #767774  por alevelo
 
Hola estimados colegas! Aunque no lo crean sigo con el tema de la rehabilitación de mi cliente. El juez que me toco en suerte solo ordeno el libramiento de oficio a la Inspección gral de justicia, y en la misma RESOLUCION dice que en caso de necesitarlo se libren certificados de la rehabilitación . Me dijeron que esto depende del criterio de cada Juez, alguien me podría facilitar u orientar acerca del texto de dichos certificados , ya que si bien en el juzgado me dicen que no tienen una forma concreta, no quiero que me lo reboten y alargar aun mas esta situación . Desde ya mil gracias
 #768588  por claudiarf
 
Este es un modelito que podés uusar. Aunque También podés solicitar una copia certificada del auto de rehhabilitación para diversos trámites.


Buenos Aires, Abril de 2008



AL SEÑOR DIRECTOR NACIONAL DE MIGRACIONES
DR. RICARDO EUSEBIO RODRIGUEZ
ANTARTIDA ARGENTINA 1355
CIUDAD AUTONOMA DE BUENOS AIRES
S____________________/_______________________D.

Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en los autos caratulados "B...D SA s/ QUIEBRA” (EXPEDIENTE N° ), que tramita ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N° 2, a cargo del Dr. Juan Roberto Garibotto, Secretaría nº 4 a cargo del Dr. Martín Terrero; sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, piso 3º, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los cuales se ha ordenado el libramiento del presente a los efectos de solicitar se sirva tomar nota de la resolución dictada en autos de fecha 29 de Septiembre de 2003 conforme se ha dispuesto el levantamiento definitivo de la interdicción de salida del país oportunamente decretada en autos contra F..... I, hijo de ----------- y --------li, ambos fallecidos, DNI , CI MERCOSUR 1, nacido el 21 de Septiembre de 1951.

El presente oficio deberá tramitarse sin previo pago de tasas o aranceles por tratarse de una quiebra sin fondos existentes (art 273 inc. 8 L.C.)

El auto que ordena el presente dice en su parte pertinente “Buenos Aires, Septiembre 29 de 2003…2.- Asimismo, levántese la interdicción de salida del país oportunamente decretada en autos contra…F-------i…. 3.- ..líbrese el oficio pertinente a la Dirección Nacional de Migraciones. Fdo. Juan Roberto Garibotto. Juez Nacional”.
Saludo a Ud. atentamente.
 #768781  por KarinaDus
 
Alevelo, te paso un modelo de certificado que te puede servir.

CERTIFICO que el día ... de .... del año 2011 se decretó el levantamiento definitivo de la interdicción de salida del país decretada respecto de la Sra..., DNI Nº .... Se extiende el presente certificado por haber sido así ordenado en los autos caratulados: “....s/Quiebra” (expte Nº ...) en trámite por ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº ... a cargo del Dr. ...., Secretaría Nº ..., sito en ..., Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y para ser presentado ante quien corresponda, en Buenos Aires a los días del mes de ... de 2011. ------
 #978238  por mishpaja
 
Hola a todos, este post es excelente!!! Tambien empecé hace poco en la profesión, y tengo una gran duda sobre como proceder. No quiero hacer nada que pueda perjudicar a mi cliente. A mi cliente le decretan la quiebra en el 2001, en el 2004 lo remiten a la justicia penal por clausura por falta de activos, ahi es sobreseido y devuelto al comercial en el 2007. ahora no esta en letra, figura en archivo desde el 2010. Tiene las inhabilitaciones en todos lados, y la interdiccion para salir del pais. Me pidio que le levante la interdiccion (pero ya que estoy quiero ver si puedo levantarle las inhibiciones tambien). El tema es que segun me dijo quedo en su momento deuda con el fisco. Hoy trabaja con un sueldo basico. Que hago???? Pido desarchivo? Esta bien este modelo ?? "Que a fin de solicitar el levantamiento de las medidas de interdicción de salida del país y de inhabilitaciones comerciales viene a solicitar se proceda a sacar de archivo estos actuados, encontrándose en LEGAJO NRO"
Si lo desarchivo, podrían querer hacer la reapertura de la quiebra??? Por favor si pueden ayudarme se los agradezco.
Por otro lado estoy perdida con el tema de los oficios y diligenciamiento, donde los hago??? tienen idea de los costos? Eso se lo cobro aparte al cliente? Y cuanto cobrarian por esto, es en capital federal.
MUCHAS RACIAS!!!! Ahhh para colmo tengo que hacerlo rapido porque se casa una sobrina en uruguay y es el padrino :)
 #978271  por KarinaDus
 
Hola mishpaja!

Si, presentá un escrito así para desarchivarlo... siempre te piden el motivo por el cual querés hacerlo.

En el caso de la inhibiciones, seguramente deben estar caducas a esta altura... no creo que el síndico las haya reinscripto antes del archivo. Y si lo hizo, ahí vas a tener que fijarte la fecha porque si están vencidas las inscripciones es innecesario levantarlas.


Por lo que comentas, que fue a penal, la causa se clausuró por falta de activo y es por ello que tu cliente dice que le quedó deuda con el fisco.

La reapertura de la quiebra la harían si aparecen nuevos bienes del fallido para subastar (lee el art.231 LCQ).

Por el tiempo trasncurrido, hasta podrías pedir la conclusión de la quiebra.

Saludos.
 #978345  por mishpaja
 
Gracias por contestarme. Voy a presentar entonces el escrito. Crees que me conviene pedir tambien la conclusión, o primero levanto la interdicción y despues pido lo otro.
Muchas gracias, es dificil al principio, más cuando no se quieren cometer errores que perjudiquen al cliente.
Recien encontre un antescendente de cámara justo con lo que me comentaste, que dado que habian en ese caso transcurrido 8 años sin activos, no se justificaba mantenes el estado de fallido indefinidamente.
Mientras espero tu respuesta, si no te molesta seguir contestandome :) voy a buscar modelos para pedir la conclusion.
 #978369  por KarinaDus
 
No es ningún problema! En todo lo que pueda, siempre trataré de brindar mi auyuda. Para eso sirve el foro, para ayudarnos entre todos en lo que no tenemos claro.

Te conviene pedir primero el levantamiento. Luego que te despachen eso y confrontes los oficios, etc. recién planteá la conclusión. Porque de esa petición le van a correr traslado al síndico y entre que lo anoticien y conteste, se te va a demorar lo otro que es más importante para tu cliente.
 #978373  por andresxeneizes
 
yo pediria primero la interdiccion ya que eso te lo van a dar seguro, y despues me pondria a discutir lo otro, aunque yo creo que tambien te lo van a dar, pero quiza te dan alguna vuelta mas y mientras no tenes levantada la interdiccion
 #978489  por mishpaja
 
Muchas gracias KarinaDus y andresxeneizes por sus concejos, voy a seguirlos. Aparte lo primero que me pidio el cliente fue eso, y quiero cumplirselo lo antes posible. Despues les cuento como fue. Y tal vez les pida si tienen modelo del pedido de conclusión, que por ahora no encontre, pero seguire buscando.
Aparte agradezco, porque hasta ahora siempre resolvi los casos via extrajudicial, y no tengo ni idea de que hacer en tribunales.... ahora es cuando pienso que deberia haber tenido que cursar mas materias de practica profesional real, pero bue... ire preguntando en pasillos y en este tan útil foro, supongo que todos pasan por lo mismo al principio jejjeje muchisimas gracias saludos a ambos :)