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Le ofrecemos este nuevo espacio exclusivo para temas relacionados con el Derecho Laboral
 #764277  por celeandre
 
Buenas tardes a todos!!!!
Tengo una duda, la que no me pudo responder el Codigo procesal.
Audiencia testimonial, se presenta abogado patrocinante, queda claro de que no puede realizar preguntas al testigo ofrecido, pero: TIENE LA FACULTAD DE OPONERSE A UNA PREGUNTA REALIZADA POR LA CONTRARIA Y QUE EL AUDIENCISTA HACE LUGAR????
En caso afirmativo, de donde se desprende esto???
Millones de gracias!!!!
Saludos a todos
 #764318  por Squonk
 
Es una situación muy particular en la que cada juzgado tiene su criterio.
Si aplicas el CPCC. supletoriamente el letrado patrocinante, no podría ni siquiera realizar preguntas, en cambio si aplicas el art. 90 de la LO, estaría facultado para hacerlo.
Saludos
 #764455  por celeandre
 
muchas gracias por la respuesta.
Realmente entiendo que el art. 90 LO se aplica exclusivamente a letrados con facultades suficiente.
Analizaba la posibilidad de presentarse en caracter de "gestor", pero realmente me intriga "de donde surge" la imposibilidad de repreguntar pero no así de oponerse.
Seguiré investigando
Muchas gracias por tu respuesta!!!
 #767114  por celeandre
 
yo opino lo mismo....
pero es tan dificil aprender considerando los criterios propios de cada juzgado.....
 #767143  por adessoma
 
Consulta: Es abogado aptrocinante de parte actora o demandada?