22 años en negro - como casero .- entiendo que debe ir por el dcto 326/56 empleados domesticos . pero ahora bien los años que nio le aportaron, no llevan multa??? los aguinaldos no abonados ?' no se reclaman?? los años en negro puedo ir por el ert 8 LCt ( no creo) por eso pregfunto. O por donde voy para reclamar todos los años en negro????
SGO escribió:22 años en negro - como casero .- entiendo que debe ir por el dcto 326/56 empleados domesticos . pero ahora bien los años que nio le aportaron, no llevan multa??? los aguinaldos no abonados ?' no se reclaman?? los años en negro puedo ir por el ert 8 LCt ( no creo) por eso pregfunto. O por donde voy para reclamar todos los años en negro????Tenés que ir por el decreto, no se aplica LCT.
Reclamá todo lo que surge del decreto.
La 24013 y 25323 no se aplican.
