Buen día!
Tengo que contestar un TLC.-
Mis clientes fueron intimados a registrar relación laboral más abonar diferencias salariales por servicio doméstico y realizar los aportes de ley.-
La realidad es que quien demanda solo se encargaba del cuidado de una persona mayor, por tanto pienso negar completamente la relación laboral...
Dudas:
1.- Noté que la intimación para efectuar los aportes y contribuciones fué por 48 horas y no por 30 días como tengo entendido (¿hago alguna mención de ésto?).-
2.-También pone como fecha de finalización de la relación laboral, el día de la muerte de la persona, que por ahora no meciono, ya que solo me limité a negar la relación sin aclarar que cuidaba anciano, y ahi me surge la duda si menciono la locación de servicio y si menciono que pasado tantos meses sin intimaciones previas (más de 4 meses desde la fecha que menciona) también sería improcedente llegado el caso, por interpretarse que se configura el art. 241 de LCT (que se extingue porque ninguna de las partes impulsa la relación) Que les parece? Debo mencionarlos??
3.- Por último, se intima a dos personas, la mujer del anciano y el nieto, que no vive allí. Debo responder en dos CD diferentes o puedo hacerla en la misma? ya que la respuesta sería igual para los dos.-
Gracias por su ayuda...
Tengo que contestar un TLC.-
Mis clientes fueron intimados a registrar relación laboral más abonar diferencias salariales por servicio doméstico y realizar los aportes de ley.-
La realidad es que quien demanda solo se encargaba del cuidado de una persona mayor, por tanto pienso negar completamente la relación laboral...
Dudas:
1.- Noté que la intimación para efectuar los aportes y contribuciones fué por 48 horas y no por 30 días como tengo entendido (¿hago alguna mención de ésto?).-
2.-También pone como fecha de finalización de la relación laboral, el día de la muerte de la persona, que por ahora no meciono, ya que solo me limité a negar la relación sin aclarar que cuidaba anciano, y ahi me surge la duda si menciono la locación de servicio y si menciono que pasado tantos meses sin intimaciones previas (más de 4 meses desde la fecha que menciona) también sería improcedente llegado el caso, por interpretarse que se configura el art. 241 de LCT (que se extingue porque ninguna de las partes impulsa la relación) Que les parece? Debo mencionarlos??
3.- Por último, se intima a dos personas, la mujer del anciano y el nieto, que no vive allí. Debo responder en dos CD diferentes o puedo hacerla en la misma? ya que la respuesta sería igual para los dos.-
Gracias por su ayuda...
