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  • REIINDICACION: MEDIDA PRELIMINAR

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 #761368  por abogada26
 
Buenas tardes colegas:
Mi cliente tiene una casa que fue usurpada por una familia. Hablamos del año 1996. Se le enviaron dos CD en el año 2005 y en el año 2007.
Bien, llego el cliente que quiere iniciar demanda de reivindicacion pero, no sabemos a quien, por lo cual inicio como medida preliminar un mandamiento de constatacion.
Pregunto:
Cuanto tiempo dispongo para presentar la demanda de reivindicacion.? Hay un plazo???
A mi entender deberia esperar que se resuelva la medida preliminar a fin de tener certeza de filiac ion respecto al legitimado pasivo.
A quien pueda darme una orientacion, mil gracias<
Ro
 #762840  por Lanahi
 
Estas bien encaminada, pero no tengo en claro el plazo , supongo que deberias esperar que se haga el mandamiento para constatar quien tiene la posesion y en calidad de qué la tiene. Alguien puede aclarar lo del plazo???
 #763386  por estudiojuridicobds
 
perdon ahora entendi , aca tenes tu respuesta: el CPCC no prevé la caducidad de las diligencias preliminares producidas. Sin embargo, se ha dicho que la caducidad de la medida preparatoria es procedente cuando no se dedujere la demanda de fondo dentro de los quince días de su realización. Si dicha medida no se ha realizado mal puede iniciarse el cómputo de los términos fatales que sostengan la pretensión finiquitatoria (10/11/1998, JZ0000, DL, 4063-I, JUBA Civ. y Com. B9990923). Nos parece que ha habido confusión con el tema de las medidas cautelares.
 #763773  por abogada26
 
Gracias LANAHI
Gracias estudiojuridicobds .
Ahora entiendo que debo esperar que se produzca la medida preliminar y dentro dee los quincE DIAS INICIAR LA ACCION DE REIVINDICACION
 #763832  por Tiburcio
 
No sé que provincia es. En Cap.Fed. y Provincia de Buenos Aires se puede accionar por desalojo directamente.
 #769870  por abogada26
 
Estoy en Pcia de Buenos Aires.
Ya presenté la diligencia preliminar.
me ordenarn que se haga el mandamiento de constatacion.
Ahora, bien,, cada vez que me sale un proveido aparecen mis dudas y vuelvo a Uds que son unos grosos y siempre me estan dando una orientacion
Hago el mandamiento...
Tengo el cuerpo armado


El Señor Oficial de Justicia que por zona corresponda se constituirá en el domicilio sito en la calle ......................................................................... de esta ciudad, y procederá a constatar la identidad de todas las personas que ocupan la finca y en que carácter lo hacen, tomando nota de los nombres y apellidos respectivos así como los documentos de identidad en cada caso.


El presente se ordena en los autos caratulados “......................................................" que tramitan por ante este Juzgado..........................................................................., Secretaría Nº ................................................... a cargo de ......................................................


Los Dres......................................................................................................................., se encuentran indistintamente autorizados para intervenir en el diligenciamiento del presente, y el Señor Oficial de Justicia para allanar domicilios y requerir el auxilio de la fuerza pública si fuere menester

DADO, Sellado y Firmado en la sala de mi Público Despacho en la Ciudad de Buenos Aires, ...................................................del año ........................................


Ahora bien... este escrito
- lo presento en el tribunal que me orde no hacerlo?
 #770205  por mariferzara
 
El mandamiento lo tenés que hacer conforme el nuevo modelo de mandamientos.- En el casillero correspondiente a tipo de diligencia "constatación" y al finalizar los restantes ítems aclarás: Nota: el oficial de justicia procederá a constatar el estado de ocupación del inmueble sito en calle....identificando a sus ocupantes y título que invocan para hacerlo" Si querés agregale lo de documentos, pero creo que el oficial de justicia ya lo hace solo.- Saludos

abogada26 escribió:Estoy en Pcia de Buenos Aires.
Ya presenté la diligencia preliminar.
me ordenarn que se haga el mandamiento de constatacion.
Ahora, bien,, cada vez que me sale un proveido aparecen mis dudas y vuelvo a Uds que son unos grosos y siempre me estan dando una orientacion
Hago el mandamiento...
Tengo el cuerpo armado


El Señor Oficial de Justicia que por zona corresponda se constituirá en el domicilio sito en la calle ......................................................................... de esta ciudad, y procederá a constatar la identidad de todas las personas que ocupan la finca y en que carácter lo hacen, tomando nota de los nombres y apellidos respectivos así como los documentos de identidad en cada caso.


El presente se ordena en los autos caratulados “......................................................" que tramitan por ante este Juzgado..........................................................................., Secretaría Nº ................................................... a cargo de ......................................................


Los Dres......................................................................................................................., se encuentran indistintamente autorizados para intervenir en el diligenciamiento del presente, y el Señor Oficial de Justicia para allanar domicilios y requerir el auxilio de la fuerza pública si fuere menester

DADO, Sellado y Firmado en la sala de mi Público Despacho en la Ciudad de Buenos Aires, ...................................................del año ........................................


Ahora bien... este escrito
- lo presento en el tribunal que me orde no hacerlo?
 #779075  por abogada26
 
Ya volvio el mandamiento de constatacion y los que estaban se identificaron como ocupantes de la vivienda. es un matrimonio con dos hijos menores.
Desalojo?
 #779585  por Tiburcio
 
Si no alegaron ser poseedores lo que corresponde es la acción de desalojo.