Hola!!! tengo una duda! en un laboral solicite como medida previa un embargo, me hicieron lugar al mismo, hice todos los embargos .. una vez q finalice con todos solicite se libre cedula para notificar a los demandados .. se notificaron el 19 de agosto, el 31 interponen recurso de apelación conf art. 116 solicitando se levante la medida por falta de acreditación del peligro en la demora ...por ser excesiva y demas .. ahora bien, por lo que leo en la ley el plazo para apelar es de 6 dias..hay alguna excepción a esto??????? el juzg concedió el recurso de apelación y ordenó darme traslado ... entiendo que debería haberlo rechazado por extemporaneo o estoy equivocada???? ahora bien, el expediente no estuvo en letra y el demandado pudo haber dejado nota, como lo hice yo, eso modifica la extemporaneidad de la contestación .. yo entiendo que no pero quizas estoy equivocada.. mil gracias!!!!
Hola Carla:
Si lo interpusieron dentro de las dos primeras del 31, estaban dentro del plazo.
Saludos
