Les hago una consulta, tengo una RTI con regularidad de 1 año dentro de los ultimos 5, y a su vez debo completar con moratoria lo restante.
Tengo entendido que si no vas por los 30 años no se puede aplicar ART 1 ley 25321, el tema es que esta señora posee una inscripcion de monotributo la cual va del 01/2006 al 12/2010 (aca solamente tiene 1 año pago, gracias a lo cual obtengo la regularidad) ahora mi pregunta es, a los años impagos no le puedo aplicar ni preescripcion ni art. 1, por lo tanto dejo la inscripcion con deuda y solicito aplicacion del decreto 526/95 por los meses impagos ????
Gracias.
Tengo entendido que si no vas por los 30 años no se puede aplicar ART 1 ley 25321, el tema es que esta señora posee una inscripcion de monotributo la cual va del 01/2006 al 12/2010 (aca solamente tiene 1 año pago, gracias a lo cual obtengo la regularidad) ahora mi pregunta es, a los años impagos no le puedo aplicar ni preescripcion ni art. 1, por lo tanto dejo la inscripcion con deuda y solicito aplicacion del decreto 526/95 por los meses impagos ????
Gracias.
