Hola, quisiera hacerles una pregunta. En el caso que a una persona la despiden, le depositan una suma de dinero en su cuenta sueldo, pero no le entregan la liquidación detallada. Tampoco le entregan los certificados del Art 80, corresponde que se intime al empleador por la entrega de la liquidación? Cuanto tiempo tiene para entregarla. Todavía no se venció el plazo para la entrega de los certificados. Y no sé si aconsejarla que ya le mande un LCT por la liquidación o esperar a que se venza el plazo que hay para los certificados e intimar por todo junto. Gracias
