Estimados colegas:
Soy de Misiones y no existe en mi provincia esta herramienta, a la distancia estoy dando mis primeros pasos y de la mano me acompañan millones de dudas.
Ante un accidentes de trabajo, la gran mayoría de las veces, dan lugar a una indemnización integral según las normas sobre responsabilidad civil.
Ahora bien, en virtud de que al conciliar el asunto en SECLO, me insinuaron que las ART generalmente ofrecen cerrar abonando únicamente las prestaciones de la LRT, en el caso que así sea, es verdad que te obligan a firmar un acuerdo mediante el cual renuncias a todo otro reclamo por ej. del Código Civil, ya sea la contra la ART o el EMPLEADOR.?
En espera de alguna opinión de algún experimentado en la materia; igualmente mi idea es intentar con el SECLO. Después si no ofrecen u ofrecen poco, lo cierro y a otra cosa. Como piso creo que tendría lo dispuesto en la LRT. Lo óptimo seria negociar un numero adicional en concepto de reparación integral.
Saludos....
Soy de Misiones y no existe en mi provincia esta herramienta, a la distancia estoy dando mis primeros pasos y de la mano me acompañan millones de dudas.
Ante un accidentes de trabajo, la gran mayoría de las veces, dan lugar a una indemnización integral según las normas sobre responsabilidad civil.
Ahora bien, en virtud de que al conciliar el asunto en SECLO, me insinuaron que las ART generalmente ofrecen cerrar abonando únicamente las prestaciones de la LRT, en el caso que así sea, es verdad que te obligan a firmar un acuerdo mediante el cual renuncias a todo otro reclamo por ej. del Código Civil, ya sea la contra la ART o el EMPLEADOR.?
En espera de alguna opinión de algún experimentado en la materia; igualmente mi idea es intentar con el SECLO. Después si no ofrecen u ofrecen poco, lo cierro y a otra cosa. Como piso creo que tendría lo dispuesto en la LRT. Lo óptimo seria negociar un numero adicional en concepto de reparación integral.
Saludos....
