En una demanda por despido indirecto incausado, la demandada contesta rechazando nuestra liquidación (trabajador), dicen que el despido es con causa, etc., vamos a ir a audiencia y luego a prueba si no hay arreglo, pero el tema es que la patronal hizo un depósito y el juez ordenó: "--- Por acompañada boleta de deposito: Atento lo manifestado, librese oficio al Banco xxxxx a fin que por la forma de estilo proceda a abonar por ventanilla a la actora la suma depositada, la que deberá ser debitada de la cuenta judicial de autos.- "
La demandada dijo que esa es la liquidación final, entiendo que si el trabajador lo cobra, como estamos litigando, no queda consentida la liquidación de la demandada, ¿estoy en lo correcto?, gracias
JV
La demandada dijo que esa es la liquidación final, entiendo que si el trabajador lo cobra, como estamos litigando, no queda consentida la liquidación de la demandada, ¿estoy en lo correcto?, gracias
JV
¿Será Justicia?
